|
AG/RES. 1349 (XXV-O/95) LA ASAMBLEA GENERAL, VISTA la resolución AG/RES. 997 (XIX-O/89) "Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno", que afirmó la necesidad de realizar una Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno con el fin de buscar soluciones a los problemas que aquejan a todos los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos; CONSIDERANDO: Que en la resolución AG/RES. 1254 (XXIV-O/94) "Cumbre de las Américas", la Asamblea General encomendó al Consejo Permanente que "prepare, en coordinación con el Secretario General, el aporte de la Organización de los Estados Americanos a la Cumbre de las Américas y el seguimiento de las recomendaciones pertinentes que de ella surjan" y "la integración de un grupo de trabajo que podrá convocar las reuniones preparatorias extraordinarias necesarias para dicho propósito"; Que el Consejo Permanente, en su sesión ordinaria del 30 de junio de 1994, creó un Grupo de Trabajo sobre la Cumbre de las Américas y que el Grupo identificó áreas en las que la OEA podría contribuir a la Cumbre; Que la Cumbre de las Américas se celebró en Miami del 9 al 11 de diciembre de 1994 y que 34 líderes del Hemisferio aprobaron la Declaración de Principios y el Plan de Acción; Que la Organización de los Estados Americanos constituye el principal foro político para el diálogo, la comprensión y la cooperación entre los países del Hemisferio y que es una institución creada por los Estados miembros con el fin de fortalecer la paz y la seguridad, promover y consolidar la democracia representativa, respaldar los esfuerzos nacionales de desarrollo y contribuir a la eliminación de la pobreza extrema, observando escrupulosamente el principio de no intervención en los asuntos internos o externos de otros Estados; TOMANDO NOTA de que en 1996 se celebrará en Bolivia la Conferencia Cumbre sobre Desarrollo Sostenible; RECONOCIENDO la importancia que reviste un seguimiento coordinado y eficiente del Plan de Acción de la Cumbre de las Américas con el fin de asegurar la oportuna y eficaz ejecución de las iniciativas encomendadas a la OEA por los Jefes de Estado y de Gobierno; REAFIRMANDO: Que la responsabilidad principal para la ejecución del Plan de Acción recae en los gobiernos, individual y colectivamente, con la participación de todos los elementos de sus sociedades civiles; Que se solicitó a las organizaciones e instituciones existentes, tales como la OEA, que ejecuten las iniciativas que han surgido de la Cumbre de las Américas; y Que la OEA desempeñará un papel primordial en el seguimiento de las diversas decisiones de la Cumbre de las Américas, RESUELVE: 1. Tomar nota con satisfacción del informe del Consejo Permanente sobre la Cumbre de las Américas y aprobar el cuadro adjunto al mismo, titulado "Matriz: Temas del Plan de Acción en los cuales la OEA tendrá un papel de apoyo particularmente importante". 2. Requerir a los órganos, organismos y entidades de la Organización mencionados en la matriz de temas que den consideración prioritaria a la ejecución de las iniciativas incluidas en el Plan de Acción aprobado por la Cumbre de las Américas en las cuales se ha pedido a la OEA que desempeñe un papel, y que informen regularmente al Consejo Permanente sobre el progreso de sus respectivas tareas relacionadas con estos temas. 3. Encomendar al Consejo Permanente que informe a otras entidades e instituciones gubernamentales regionales y subregionales que han sido llamadas a colaborar en la ejecución de las iniciativas del Plan de Acción acerca del interés de la OEA en recibir información sobre sus actividades y solicitar que éstas proporcionen regularmente al Consejo Permanente tal información. 4. Crear una Comisión Especial del Consejo Permanente sobre Gestión de Cumbres Interamericanas, abierta a la participación de todos los Estados miembros, con el fin de asegurar un seguimiento eficaz, oportuno y apropiado de las actividades encomendadas a la Organización por la Cumbre de las Américas y coordinar, si así fuera decidido, la preparación, participación y seguimiento por parte de la OEA en futuras Cumbres que involucren a todos los Estados miembros y en las cuales la OEA sea llamada a participar en su ejecución y seguimiento. 5. Encomendar a la Comisión Especial que se reúna por lo menos una vez al mes, que solicite y reciba regularmente informes de cualquier órgano, organismo o entidad de la OEA y los comente, y que, de acuerdo con su mandato, según se establece en el punto 4, oriente, dé pautas específicas y encargue tareas a dichos órganos, organismos y entidades. 6. Encomendar a la Comisión Especial que a través del Consejo Permanente informe por escrito a los Ministros de Relaciones Exteriores, en diciembre de cada año y en cada período ordinario de sesiones de la Asamblea General, sobre el progreso realizado en la ejecución de esta resolución. 7. Encomendar al Secretario General que apoye a la Comisión Especial en la ejecución de esta resolución. Página Principal | Mandatos de la Cumbre | Calendario de Reuniones | Busque Información © 1998 Organización de los Estados Americanos, Oficina de Seguimiento de Cumbres |