CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACI�N DE LOS ESTADOS AMERICANOS

COMISI�N DE ASUNTOS JUR�DICOS
Y POL�TICOS

 


OEA/Ser.G
CP/CAJP-1576/99
8 ocubre 1999
Original: espa�ol

INSTITUTO INDIGENISTA INTERAMERICANO

INFORME SOBRE LAS ACCIONES DESARROLLADAS EN DIFERENTES ORGANISMOS INTERNACIONALES PARA LA PROMOCI�N DE
LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS IND�GENAS

(Presentado en cumplimiento del p�rrafo resolutivo 4 de la
resoluci�n AG/RES.1610 (XXIX-O/99))

En cumplimiento de la Resoluci�n de la Asamblea General de la OEA (AG/RES.1610 (XXIX-O/99)), en la cual se solicita al Instituto Indigenista Interamericano presentar un informe sobre las actividades desarrolladas en otras organizaciones internacionales sobre la promoci�n de los derechos de las poblaciones ind�genas, ponemos a su consideraci�n el siguiente:

Informe sobre las acciones desarrolladas en diferentes organismos internacionales para la promoci�n de los derechos de los pueblos ind�genas

Introducci�n.

La aprobaci�n de la Declaraci�n Universal de los Derechos Humanos, la Convenci�n para evitar el genocidio, la discriminaci�n racial y las Convenciones de Derechos Econ�micos, Sociales y Culturales as� como la de Derechos Civiles y Pol�ticos sentaron las bases para iniciar la construcci�n de un cuerpo legal de derechos humanos.

En la medida en que se ha avanzado en el establecimiento del estado de derecho, adem�s de los derechos individuales, se ha comenzado a normar sobre los derechos humanos colectivos, de tercera generaci�n, tanto a nivel internacional como en los distintos pa�ses.

En ese contexto, se ubica el tema de los derechos de los pueblos ind�genas, que ha comenzado a ser tratado mediante algunos instrumentos jur�dicos y normas internacionales.

Para los pueblos ind�genas, sin embargo, el debate de los Proyectos de Declaraci�n sobre sus derechos, tanto a nivel de las Naciones Unidas como en la Organizaci�n de los Estados Americanos, a pesar de tratarse de instrumentos no vinculantes para los Estados, representan la culminaci�n de una importante etapa en la construcci�n del cuerpo legal de los Derechos Humanos.

Ambos proyectos de Declaraci�n, son percibidos desde los pueblos ind�genas como un esfuerzo articulado, que permitir� expresar la voluntad pol�tica de los Estados de avanzar en la construcci�n de nuevos tipos de relaciones y enfrentar de forma efectiva la exclusi�n de la que han sido objeto. En el caso de la Declaraci�n de la ONU, cuenta con un documento consultado y de amplio consenso promovido por la metodolog�a de discusi�n participativa que ha seguido desde el inicio, privilegiando el di�logo entre los Estados y las organizaciones ind�genas. Ha sido determinante en ese proceso, contar con el Grupo de trabajo sobre poblaciones ind�genas en la ONU.

En el caso de la Declaraci�n Americana de Derechos de los Pueblos Ind�genas, a pesar de no contar desde el inicio de la redacci�n con mecanismos que facilitasen la participaci�n ind�gena, ha contado en varios eventos con el respaldo de las organizaciones ind�genas a la iniciativa. Por lo tanto, la Resoluci�n de la Asamblea General (AG/RES.1610 (XXIX-O/99)), que facilita la participaci�n de los pueblos ind�genas abre una importante fase en su discusi�n.

El proceso de redacci�n de ambos Proyectos de Declaraci�n, ha relevado como tema b�sico los aspectos relativos a la autodeterminaci�n de los pueblos ind�genas, y derivado de ello, el concepto de pueblos ind�genas (el concepto de derecho colectivo) y sus consecuentes derechos al desarrollo econ�mico, social y cultural �ntimamente vinculados entre s�.

Los pueblos ind�genas han planteado en el debate que los derechos humanos son indivisibles y universales. El reconocimiento y respeto de los derechos ind�genas deben garantizar no s�lo la sobrevivencia f�sica de los pueblos ind�genas, sino tambi�n su derecho al territorio, sus recursos y a interactuar como sociedades y pueblos.

Organizaci�n del Informe.

Este informe sint�tico ha sido organizado en cinco partes. En la primera parte, se presentan los aspectos de promoci�n y defensa de los derechos de los pueblos ind�genas en el Sistema de Naciones Unidas: se abordan las actividades del Consejo Econ�mico y Social, la Comisi�n de Derechos Humanos, el Grupo de Trabajo de Poblaciones Ind�genas, el Grupo de Trabajo sobre el Proyecto de Declaraci�n de los Derechos de los Pueblos Ind�genas, el Fondo de contribuciones voluntarias para poblaciones ind�genas, el Estudio sobre Tratados entre Estados y Pueblos Ind�genas, el Estudio sobre la protecci�n del patrimonio de los pueblos ind�genas, Seminarios sobre derechos de los pueblos ind�genas, A�o Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo, la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos, el Decenio Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo.

En la segunda parte se presentan las actividades y programas de algunos organismos especializados del Sistema de Naciones Unidas: UNESCO, OMS/OPS, OIT, FAO, PNUD, UNICEF, PNUMA y los programas sobre medio ambiente, biodiversidad y algunos aspectos sobre propiedad intelectual y derechos ind�genas.

En la tercera parte se presentan los conceptos y programas de organismos financieros: Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo y el Fondo Ind�gena.

En la cuarta parte se revisan disposiciones, resoluciones y actividades parlamentarias: Parlamento Europeo, PARLATINO, Parlamento Ind�gena de Am�rica y el PARLACEN.

En la quinta parte se presentan los aspectos relativos a la promoci�n y defensa de los derechos de los pueblos ind�genas en el Sistema Interamericano.

El Sistema de las Naciones Unidas

Indudablemente, el Sistema de Naciones Unidas ha realizado importantes esfuerzos para promover y salvaguardar los derechos de los pueblos ind�genas.

Desde el primer momento en las Naciones Unidas se plantearon algunos aspectos que sentaran las bases para que posteriormente se crearan instrumentos legales para promover el derecho de los pueblos ind�genas. "El Consejo Econ�mico y Social de la ONU, constituy� en 1946 la Comisi�n de Derechos Humanos, con la facultad de crear subcomisiones de protecci�n de minor�as y de prevenci�n de discriminaci�n.

En 1947, la Comisi�n, a su vez, instituy� la Subcomisi�n de Prevenci�n de Discriminaci�n y Protecci�n de las minor�as". Si bien es cierto se refer�a exclusivamente a las minor�as, y los pueblos ind�genas no estaban espec�ficamente determinados, tampoco se tipific� su problem�tica, demandas y necesidades fundamentales.

Fue hasta el a�o 1971, que el Consejo Econ�mico y Social autoriz� a la Subcomisi�n la realizaci�n de "un estudio general y completo del problema de la discriminaci�n contra las poblaciones ind�genas y sugiera las medidas nacionales e internacionales necesarias para eliminar dicha discriminaci�n, en colaboraci�n con los dem�s �rganos y entidades de las Naciones Unidas y con las organizaciones internacionales competentes". El resultado final de estas investigaciones fue el "Estudio del Problema de la Discriminaci�n contra las Poblaciones Ind�genas", conocido como el Informe Mart�nez Cobo, que fue presentado en 1984.

El informe conten�a los siguientes cap�tulos:

Primera parte

  • Medidas tomadas por las Naciones Unidas
  • Medidas tomadas por los organismos especializados
  • Medidas tomadas por la Organizaci�n de los Estados Americanos
  • Otras medidas internacionales

Segunda parte

  • Definici�n de las poblaciones ind�genas
  • Composici�n de las poblaciones
  • Principios b�sicos
  • Medidas generales adoptadas para la prohibici�n, prevenci�n y eliminaci�n de la discriminaci�n
  • Pol�tica fundamental
  • Arreglos administrativos
  • Salud, asistencia m�dica y servicios sociales
  • Vivienda
  • Educaci�n
  • Idioma o lengua
  • La cultura y las instituciones culturales, sociales y legales
  • Ocupaci�n, empleo y formaci�n profesional
  • La tierra
  • Derechos pol�ticos
  • Derechos y pr�cticas religiosas
  • Igualdad en la administraci�n de justicia y asistencia jur�dica

El Relator Especial, concluy� que el estudio demostraba claramente que el clima social en que viv�a la gran mayor�a de las poblaciones ind�genas era propicio a los tipos concretos de discriminaci�n, opresi�n y explotaci�n en diversas esferas descritos en el estudio. En muchos pa�ses los pueblos ind�genas no ten�an las mismas oportunidades de empleo, ni igual acceso que los otros grupos a los servicios p�blicos y/o la protecci�n en las esferas de salud, las condiciones de vivienda, la cultura, la religi�n y la administraci�n de justicia.

Tambi�n se�alaba que no pod�an participar significativamente en la vida pol�tica y, que por mucho tiempo, las poblaciones ind�genas se hab�an resignado a esa situaci�n o se hab�an esforzado por asimilar la cultura no ind�gena como �nica forma para lograr vivir en mejores condiciones.

Entre las recomendaciones del Relator Especial estaban algunas referidas a la Organizaci�n de Estados Americanos, que se resumen a continuaci�n:

  • Debe mejorarse el sistema de informaci�n rec�proca y participaci�n en las sesiones entre �rganos y organismos de las Naciones Unidas y los correspondientes de la OEA. Debe haber estrecha coordinaci�n entre la Comisi�n de Derechos Humanos y la Subcomisi�n de Prevenci�n de Discriminaciones y Protecci�n a las Minor�as y la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos, y entre el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Ind�genas y el Instituto Indigenista Interamericano en lo que se refiere a las poblaciones ind�genas.
  • El Instituto Indigenista Interamericano deber�a participar anualmente en la sesi�n del Grupo de Trabajo de Poblaciones Ind�genas de la ONU.

La Comisi�n de Asuntos Econ�micos y Sociales y la Comisi�n de Derechos Humanos de la ONU, han abordado en varias oportunidades aspectos relativos a los derechos de los pueblos ind�genas. Adem�s de comisionar a un Relator Especial un trabajo sobre los Tratados y los pueblos ind�genas, han revisado algunos casos al respecto. Por su relevancia, en relaci�n con el tema de la autodeterminaci�n y los pueblos ind�genas, se se�alan algunos a continuaci�n:

La Comisi�n de Derechos Humanos, en sesi�n de 1994 (Quinta Sesi�n 1994), reconoci� bajo el Art�culo 27 de la Convenci�n de Derechos Civiles y Pol�ticos que el derecho a gozar de una cultura particular . . . puede consistir de una forma de vida asociada con el territorio y el uso de los recursos. Indic� as� mismo, al referirse a ese derecho, que puede tratarse del caso de los miembros de comunidades ind�genas que constituyen una minor�a. Ese comentario sirvi� de base para que el Parlamento Sami obtuviese jurisdicci�n sobre el uso del territorio.

En otro caso importante, el 7 de abril de 1999, la Comisi�n de Derechos Humanos (en Sesi�n 65) despu�s de analizar el informe del Gobierno de Canad� (en relaci�n con el Art. 40 de la Convenci�n), se�al�:

7. The Committee, while taking note of the concept of self-determination as applied by Canada to the aboriginal peoples, regrets that no explanation was given by the delegation concerning the elements that make up that concept, and urges the State party to report adequately on implementation of article 1 of the Covenant in its next periodic report.

8. The Committee notes that, as the state party acknowledged, the situation of the aboriginal peoples remains "the most pressing human rights issue facing Canadians". In this connection, the Committee is particularly concerned that the State party has not yet implemented the recommendations of the Royal Commission on Aboriginal Peoples (RCAP). With reference to the conclusion by RCAP that without a greater share of land and resource institutions of aboriginal self-government will fail, the Committee emphasizes that the right to sel-determination requires, inter alia, that all peoples must be able to freely dispose of their natural wealth and resources and that they may not be deprived of their own means of subsistence (art.1, para.2). The Committee recommends that decisive and urgent action be taken towards the full implementation of the RCAP recommendations on land and resource allocation. The Committee also recommends that the practice of extinguishing inherent aboriginal rights be abandoned as incompatible with article 1 of the Covenant.( Document CCPR/C/79/Add.105 of 7 April 1999)

La Comisi�n de Derechos Humanos tambi�n ha organizado sesiones para conocer sobre la propuesta del Foro Permanente para los Pueblos Ind�genas en el seno de las Naciones Unidas. (Resoluci�n 1988/20 de la Comisi�n de Derechos Humanos). La propuesta de crear un Foro Permanente para los Pueblos Ind�genas en el Sistema de la ONU como consta en la Declaraci�n del Programa de Acci�n de Viena, ha sido discutida en el Grupo de Trabajo de Poblaciones Ind�genas en donde se han analizado aspectos como el mandato, la estructura, el estatus institucional y el financiamiento de actividades, la instalaci�n del Foro Permanente para los Pueblos Ind�genas en la ONU ha sido planteada como una meta clave a ser alcanzada durante el Decenio de Pueblos Ind�genas del Mundo.

El grupo de trabajo sobre poblaciones ind�genas

Como resultado del Estudio de Mart�nez Cobo, y tomando en cuenta las sugerencias de diversos organismos y comisiones, el Consejo Econ�mico y Social, en la Resoluci�n 1982/34, del 7 de mayo de 1982, dio la autorizaci�n para que la Subcomisi�n de Prevenci�n de Discriminaci�n y Protecci�n a las Minor�as estableciera el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Ind�genas.

El Grupo de Trabajo, se re�ne en Ginebra durante una semana antes de la reuni�n anual de la Subcomisi�n de Prevenci�n de Discriminaci�n y Protecci�n de las Minor�as. Examina los acontecimientos nacionales relativos a la promoci�n y protecci�n de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos ind�genas; y, elabora propuestas de normas internacionales relativas a los derechos de los pueblos ind�genas.

La participaci�n de delegadas de organizaciones ind�genas y organismos no gubernamentales se ha incrementado cada a�o a partir de 1983. Hasta 1995, el Grupo de Trabajo promovi� un amplio proceso de consulta, que permiti� concluir con la elaboraci�n del Proyecto de Declaraci�n Universal de Derechos de los Pueblos Ind�genas que cuenta con el respaldo y consenso de las organizaciones ind�genas.

Una vez que el proyecto fue aprobado por la Subcomisi�n de Prevenci�n de Discriminaciones y Protecci�n de Minor�as pas� a la Comisi�n de Derechos Humanos. El proyecto de Declaraci�n se ha redactado tratando de sentar las bases para respetar e impedir las violaciones a los derechos de los pueblos ind�genas reflejados claramente en el Informe del Relator Especial Mart�nez Cobo.

En ese contexto, el Proyecto de Declaraci�n en las Naciones Unidas, ha sido redactado tratando de cumplir con los requerimientos b�sicos necesarios para que los pueblos ind�genas puedan ejercer los derechos humanos tales como la salud, la educaci�n, el desarrollo, el territorio, la propiedad intelectual reconociendo su diversidad como sujeto de derecho colectivo.

Es por ello, que incorpora el concepto de pueblos ind�genas, el derecho a la autodeterminaci�n, el derecho de los pueblos ind�genas a decidir la estructura de sus instituciones de autogobierno; el derecho al reconocimiento, control, uso y posesi�n de sus territorios; el derecho a la propiedad intelectual colectiva; el derecho a participar en todos los niveles de gobierno, y a intervenir "en la elaboraci�n de leyes y medidas administrativas que les afecten directamente".

Grupo de Trabajo sobre el Proyecto de Declaraci�n de Derechos de los Pueblos Ind�genas.

La Comisi�n de los Derechos Humanos, en la Resoluci�n 1995/32, de 3 de marzo 1995, estableci� un Grupo de trabajo abierto que se re�ne entre per�odos de sesiones para examinar el texto presentado por la Subcomisi�n y, elaborar el Proyecto de Declaraci�n que ser� examinado y aprobado por la Asamblea General en el marco del Decenio Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo.

Fondo de Contribuciones Voluntarias para las Poblaciones Ind�genas.

Los per�odos de sesiones del Grupo de Trabajo en Ginebra re�nen a personas de todas partes del mundo. Por conducto del Fondo, que tiene un cuerpo de decisi�n con participaci�n de delegados/as ind�genas, las Naciones Unidas pueden facilitar la participaci�n de los representantes de los pueblos ind�genas, muchos de los cuales proceden de regiones remotas.

Estudio sobre los Tratados entre los pueblos ind�genas y los Estados

"La secuencia y el contenido de las resoluciones aprobada por la Subcomisi�n de Prevenci�n de Discriminaciones y Protecci�n a las Minor�as, la Comisi�n de Derechos Humanos y el Consejo Econ�mico y Social condujeron al nombramiento de un Relator Especial para que elaborara un informe completo sobre la historia de Tratados celebrados con los pueblos ind�genas" y la situaci�n actual tanto de la sociedad como el resultado de los estudios y de las acciones emprendidas por diversos organismos.

El nombramiento de este Relator Especial se produjo por la Resoluci�n 1989/77 del Consejo Econ�mico y Social, del 24 de Mayo de 1989 y el primer informe fue presentado al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Ind�genas en su noveno per�odo de sesiones y, a la Subcomisi�n en su 43� per�odo de sesiones. Este documento contiene importante informaci�n que se inicia con las dificultades que ha tenido el Relator Especial para emprender las investigaciones y otras actividades hasta el momento de su presentaci�n el 25 de Agosto 1992 a la Subcomisi�n en su 44� per�odo de sesiones.

El cap�tulo II est� dedicado a "Algunas consideraciones antropol�gicas e hist�ricas sobre cuestiones fundamentales relacionadas con el estudio". El autor anota en el p�rrafo 29 "…el aspecto determinante del problema lo constituye el hecho de que las ciencias sociales b�sicas –por ejemplo, la antropolog�a y la historia, que deber�an contribuir al logro de una visi�n m�s clara de la racionalidad de las acciones ind�genas correspondientes dentro de sus modos pasados y presentes de organizaci�n social (particularmente de sus manifestaciones jur�dico institucionales), a�n no han podido liberarse de toda una gama de enfoques, concepciones y planteamientos metodol�gicos que el relator considera tienden a oscurecer –y frecuentemente a desvirtuar e incluso ocultar- el contenido real y el verdadero sentido de las relaciones sociales ind�genas".

Agrega en el siguiente (p�rrafo 30): Todos estos elementos conducen, con demasiada frecuencia, a planteamientos unidimensionales y euroc�ntricos de la llamada cuesti�n ind�gena que, por definici�n, son simplistas, uniformadores, poco cient�ficos y, por lo tanto, est�riles"

En el siguiente cap�tulo, el Relator Especial analiza y enumera los tratados que se han firmado a lo largo de la historia entre las naciones y/o pueblos ind�genas y los pa�ses coloniales o con los colonizadores, cuando �stos han alcanzado el nivel de pa�ses independientes. Al final describe los Tratados con organismos multilaterales como la OIT u otros tratados en los que ellos, como terceros se ven afectados.

Algunos Tratados han resistido la prueba del tiempo y sirven de base para que vivan en armon�a pueblos de antecedentes y culturas diferentes. Muchos otros han sido denunciados, bien por considerar que se negociaron injustamente, bien por haberse violado los derechos reconocidos por ellos o por haberse incumplido las obligaciones establecidas. El Relator Especial se encarga de preparar un estudio sobre la utilidad potencial de los tratados, convenios y otros acuerdos constructivos entre los Estados y los pueblos ind�genas.

Estudio sobre la protecci�n del patrimonio de los pueblos ind�genas.

Los pueblos ind�genas han insistido desde la creaci�n del Grupo de Trabajo de Poblaciones Ind�genas en 1982 en la necesidad de proteger su vida espiritual y cultural, las artes, el conocimiento cient�fico y m�dico.

El Proyecto de Declaraci�n tiene disposiciones espec�ficas en cuanto a la protecci�n contra el etnocidio, el genocidio cultural, el desarrollo cultural, la protecci�n de la propiedad intelectual, la libertad de culto y el control de la educaci�n. A pesar de ello, se ha considerado importante abordar el aspecto de la protecci�n del patrimonio m�s a fondo, por su importancia y con el objeto de definir una forma sui g�neris dada la ausencia de medidas en la legislaci�n internacional.

Son aspectos que llaman la atenci�n en cuanto al tema, el inter�s creciente de la biotecnolog�a, la medicina, la comercializaci�n del arte ind�gena y el turismo como amenazas para el patrimonio ind�gena.

El Consejo Econ�mico y Social hizo suyo el nombramiento de la Relatora Especial de la Subcomisi�n de Prevenci�n de Discriminaciones y Protecci�n a las Minor�as, encargada de preparar un estudio sobre las medidas que deber�a adoptar la comunidad internacional para reforzar el respeto del patrimonio cultural e intelectual de los pueblos ind�genas.

(E/CN.4/Sub.2/1993/28)

El estudio contiene valoraciones de temas contempor�neos relacionados con el patrimonio ind�gena y hace un an�lisis de las normas y mecanismos internacionales vigentes al respecto. Se hizo el estudio, utilizando una metodolog�a de amplia consulta.

En el a�o 1997, se celebr� una reuni�n t�cnica sobre el tema (E/CN.4/Sub.2/197/15). En 1998, la Organizaci�n Mundial de la Propiedad Intelectual organiz� una reuni�n informal sobre la protecci�n de la propiedad intelectual de los Pueblos Ind�genas.

Los instrumentos internacionales m�s importantes hasta el momento sobre el tema son la Declaraci�n de la UNESCO sobre los Principios de Cooperaci�n Cultural de 1966, la Convenci�n de la UNESCO sobre la prohibici�n y prevenci�n de la importaci�n, exportaci�n y transferencia il�cita de la posesi�n de propiedad cultural de 1970, la Declaraci�n de San Jos� sobre Etnocidio de 1981, el Convenio sobre diversidad biol�gica, Art. 8, inciso j, el Convenio 169 de la OIT, el r�gimen especial de la FAO para la protecci�n de los derechos de los que realizan mejoras gen�ticas y la Fundaci�n Internacional sobre los Recursos Gen�ticos de Plantas.

Sobre la base de los resultados del estudio, el proyecto cuenta con una propuesta de 10 principios y 49 normas dirigidas a campos tales como la transmisi�n, recuperaci�n, restituci�n del patrimonio, programas y legislaciones nacionales, investigaci�n, empresas e industria.

Seminarios sobre los derechos de los pueblos ind�genas.

En un seminario de la Naciones Unidas celebrado en Ginebra en enero de 1989, un grupo invitado de expertos gubernamentales y de los pueblos ind�genas examin� los efectos del racismo y la discriminaci�n racial sobre las relaciones sociales y econ�micas entre los pueblos ind�genas y los Estados.

Al se�alarse la vulnerabilidad de los pueblos ind�genas al racismo y la discriminaci�n, se convino, en Ginebra en Octubre de 1988, en el marco del Programa de Acci�n para el Decenio, en que era preciso tomar todas las medidas necesarias para que los pueblos ind�genas pudiesen conservar y desarrollar su cultura, y que los gobiernos deb�an crear condiciones favorables y fomentar la adopci�n de medidas jur�dicas con el fin de promover y proteger los derechos humanos de los pueblos ind�genas, entre otros beneficiarios.

Seminario sobre Medios de Comunicaci�n Ind�gena

En Madrid, Espa�a se llev� a cabo un seminario sobre comunicaci�n y pueblos ind�genas en el a�o 1997. Sobre la base de las recomendaciones derivadas del seminario, se ha previsto apoyar la convocatoria a un nuevo evento de periodistas ind�genas para el a�o 2000.

Seminario sobre El derecho a la Educaci�n Superior de los pueblos ind�genas

En junio de 1999, se celebr� en Costa Rica, el seminario sobre los pueblos ind�genas y la educaci�n superior. En el mismo se analizaron diversas experiencias de instituciones de educaci�n superior, as� como las posibilidades y limitaciones de accesibilidad que tienen los pueblos ind�genas. Se formularon recomendaciones que fueron presentadas en la sesi�n del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Ind�genas en julio de 1999.

Se han realizado seminarios sobre el Foro Permanente de los Pueblos Ind�genas en la ONU, tambi�n.

A�o Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo.

1993 fue declarado por las Naciones Unidas como el A�o Internacional de las poblaciones Ind�genas del Mundo. El a�o tuvo como objetivo, fortalecer la cooperaci�n internacional para la soluci�n de los problemas con que se enfrentaban las poblaciones ind�genas en esferas tales como los derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educaci�n y la salud se desarroll� bajo el lema: Las poblaciones ind�genas: una nueva alianza.

La Conferencia Mundial de los derechos humanos.

"La Declaraci�n y el Programa de Aci�n de Viena, aprobados el 25 de Junio de 1993 por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, insta a los Estados y a la comunidad internacional a promover y proteger los derechos de las personas pertenecientes a minor�as tal como se estipulan en la Declaraci�n. Entre las medidas que han de adoptar figuran la facilitaci�n de su plena participaci�n en todos los aspectos de la vida pol�tica, econ�mica, social, religiosa y cultural de la sociedad y en el progreso y el desarrollo econ�mico de su pa�s. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos confirm� una vez m�s que las personas pertenecientes a minor�as tienen derechos a "su propia cultura, a profesar y practicar su religi�n y a emplear su propio idioma en p�blico y en privado con toda libertad y sin injerencia y discriminaci�n alguna".

Esta Declaraci�n igualmente "comprende declaraciones muy importantes sobre las poblaciones ind�genas; en el p�rrafo 31 de la parte II instaba a los Estados a que velen por la plena y libre participaci�n de las poblaciones ind�genas en todos los aspectos de la sociedad, en particular en las cuestiones que les interesen: y en el p�rrafo 32 de la Segunda parte, recomendaba a la Asamblea General que se proclamase un Decenio Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo"

La Conferencia Mundial de Derechos Humanos en Viena, hizo un llamado a los Estados para que tomaran medidas positivas concertadas, a fin de garantizar el respeto de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las poblaciones ind�genas, sobre la base de la igualdad, la no discriminaci�n, y reconocer el valor de la diversidad de sus diferentes identidades, culturas y sistemas de organizaci�n social.

Decenio Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo

La Asamblea General de las Naciones Unidas, en diciembre de 1993, para dar respuesta a la recomendaci�n de la Declaraci�n de Viena, aprob� la Resoluci�n 48/163 en la que proclama el Decenio Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo a partir de Diciembre de 1994 hasta el a�o 2004. A lo largo del a�o 1994, se dedic� a planificar el Decenio en asociaci�n con las organizaciones de pueblos ind�genas.

Entre las consideraciones para proclamar el Decenio la Asamblea General toma en cuenta: " la cooperaci�n internacional en la soluci�n de problemas internacionales de car�cter econ�mico, social, cultural o humanitario y el desarrollo y est�mulo a los derechos humanos y a las libertades fundamentales… la cooperaci�n internacional para la soluci�n de problemas con que se enfrentan las comunidades ind�genas en esferas tales como derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educaci�n y la salud".

Se reconoce "el valor y la diversidad de las culturas y formas de organizaci�n… la relaci�n rec�proca existente entre el medio natural y su desarrollo sostenible, incluidos sus conocimientos cient�ficos tradicionales hol�sticos de sus tierras, sus recursos naturales y el medio ambiente . . . considerar la posibilidad de establecer un foro permanente para las poblaciones ind�genas en el marco del desarrollo del Decenio internacional."

Esta proclama se inclina a llevar a cabo acciones pr�cticas de inmediato y toma algunas decisiones, entre ellas, que se celebre cada a�o un D�a Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo. En el documento de proclama, se solicit� que el Secretario General Adjunto de Derechos Humanos fuese el Coordinador del Decenio y, que se designen centros de coordinaci�n con el Centro de Derechos Humanos, y por lo tanto, que se designen fondos al Centro de Derechos Humanos para que pueda efectuar actividades

El Fondo de contribuciones voluntarias para el Decenio.

Se cre� con el fin de prestar asistencia financiera a proyectos y programas ejecutados en los pueblos ind�genas durante el Decenio.

El 9 de agosto, D�a Internacional de las poblaciones ind�genas.

Fue declarado por las Naciones Unidas a fin de que sea aprovechado para dar mayor relieve a las cuestiones y sociedades ind�genas.

Entre otros aspectos relevantes del Sistema de Naciones Unidas cabe destacar que: Uno de los resultados de la Cumbre para la Tierra en 1992, fue la firma del Convenio sobre la Diversidad Biol�gica, que incluye disposiciones que ata�en espec�ficamente a los pueblos ind�genas.

Todas las conferencias ulteriores, entre ellas la Conferencia Internacional sobre Poblaci�n y Desarrollo (El Cairo, 1994), la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague, 1995), la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) y la conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (H�bitat II) (Estambul, 1996), han formulado recomendaciones relativas a los pueblos ind�genas.

2. Organismos especializados del Sistema de Naciones Unidas

UNESCO

La posici�n de la UNESCO para la toma de conciencia en el concierto de las Naciones ha sido trascendente y sus efectos se han visto convertidos en conferencias y proyectos, encuentros y actividades en favor de los pueblos ind�genas. La posici�n oficial de la UNESCO, la cual citaremos en este trabajo est� contenido en el documento "Protecci�n y Promoci�n de los Derechos culturales de personas pertenecientes a minor�as en las esferas de la competencia de la UNESCO" (144EX/15), el cual fue discutido por el Ejecutivo en abril de 1994.

En ese documento se hace una diferenciaci�n clara entre minor�as y pueblos ind�genas. Definici�n fundamental para comprender la problem�tica de los pueblos ind�genas y su sentido de "pueblos" y todo lo que el concepto de pueblos conlleva.

La UNESCO ha centrado principalmente su papel en la educaci�n a favor de los pueblos aut�ctonos o ind�genas.

Con motivo del Quinto Centenario del Encuentro de dos mundos (1992), y del A�o Internacional de las Poblaciones Ind�genas (1993) convoc� en Ottawa a unos 800 representantes de poblaciones ind�genas de todo el Continente Americano, el tema era "Renovar la fuerza espiritual m�s all� de los 500 a�os". En ella se plantearon de nuevo las relaciones inter�tnicas, el pluralismo cultural, la modernidad y otros temas.

Ese evento, junto con la reuni�n "Am�rica hacia el tercer milenio", celebrada en 1991 en San Crist�bal de las Casas, Estado de Chiapas, M�xico inici� un di�logo entre representantes ind�genas, intelectuales y representantes gubernamentales. La declaraci�n que ped�a escuchar las voces plurales que reclaman dignidad, encontr� eco en la Cumbre de Guadalajara de Gobernantes Iberoamericanos, en la que se reconoci� el aporte ind�gena a la cultura de Am�rica y el mundo.

De este modo la UNESCO ha contribuido a la toma de conciencia sobre la situaci�n real de los pueblos ind�genas, adem�s de las reuniones de Oaxaca y Campeche en 1993, lo mismo que la reuni�n de Chimaltenango: Primera Cumbre Mundial de Pueblos Ind�genas organizada por Rigoberta Mench�, con la colaboraci�n de UNESCO, dieron aportes fundamentales que fueron tomados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993).

UNESCO tambi�n apoy� la celebraci�n de la Reuni�n de la Iniciativa Ind�gena por la Paz, que junt� a decenas de l�deres ind�genas del mundo en su sede, Par�s en 1996. Ha nombrado tambi�n, como Embajadora de Buena Voluntad de la UNESCO a Rigoberta Mench� Tum.

Por otra parte, la UNESCO prest� apoyo a diversas iniciativas encaminadas a desarrollar las capacidades end�genas de las poblaciones ind�genas y a facilitar la participaci�n en la vida sociocultural. Entre ellos, cabe se�alar la asistencia t�cnica para la realizaci�n de una investigaci�n mesoamericana sobre las pr�cticas de educaci�n end�gena de los pueblos ind�genas, que ha permitido a los pueblos ind�genas de la regi�n contar con cuadernos comunitarios que incorporan por primera vez, en idiomas ind�genas, las formas de educaci�n que han utilizado tradicionalmente los pueblos ind�genas. (Informe Final)

La Oficina de las Naciones Unidas de Ginebra, Suiza con fecha 22 de Julio 1998 da a conocer un documento sobre "Actividades de la UNESCO en apoyo de los pueblos ind�genas", en el cual expresan: "El programa de la Organizaci�n para 1998-1999 constituye la segunda etapa de la estrategia a mediano plazo (1996-2001), el cual consta de cuatro grandes programas y dos proyectos interdisciplinarios:

  • Educaci�n para todos, toda la vida (Lifelong)
  • La ciencia al servicio del desarrollo
  • Desarrollo cultural: tradici�n y creatividad
  • Comunicaci�n, informaci�n e inform�tica

Los proyectos son:

Educaci�n para un desarrollo sostenible: Educaci�n en materia de medio ambiente y Poblaci�n para el desarrollo.

Educar para una cultura de paz, dentro de tres lineamientos:

Promover la adhesi�n y el compa�erismo
Educar para una cultura de paz
La cultura de paz en acci�n

Este tercer aspecto de la Cultura de paz en Acci�n esta destinado a buscar como dar a la UNESCO la posibilidad de contribuir, en los dominios de su competencia institucional en actividades del Decenio Internacional de los Pueblos Ind�genas del Mundo.

En los �ltimos a�os, la UNESCO ha realizado algunas actividades importantes:

En 1997, el "Coloquio sobre los pueblos ind�genas y el Estado en Am�rica Latina", en Ecuador como parte de la C�tedra UNESCO sobre derechos de los pueblos ind�genas que lleva a cabo en conjunto con la Universidad Sim�n Bol�var. En �l participaron intelectuales y profesionales ind�genas de la regi�n.

Entre las m�s recientes actividades de UNESCO en apoyo a los pueblos ind�genas se encuentran la capacitaci�n de los j�venes ind�genas, especialmente mujeres j�venes y j�venes del Caribe angl�fono. Estos programas se han dise�ado para integrar a los pueblos ind�genas en la modernidad sin que pierdan su identidad sociocultural.

En el a�o 2000, la UNESCO se ha comprometido a realizar un evento internacional sobre el tema Cultura y Pueblos Ind�genas para lo cual ha convocado a la reuni�n preparatoria en octubre del a�o 1999 a l�deres ind�genas del mundo.

Organizaci�n Mundial de la Salud (OMS) - Organizaci�n Panamericana de la Salud

Dentro de los programas de la OMS que se plantea para el a�o 2000 como meta, Salud para todos, reconocen las desigualdades que persisten en el acceso a los servicios y a las tecnolog�as de la salud para los pueblos ind�genas. Se plantean una serie de programas globales que entrar�an en vigor a partir de 1996 y en estas condiciones se "presentan un marco adecuado y oportuno para la acci�n en materia de salud de la poblaci�n ind�gena, que deber�a abrir espacio para la cooperaci�n t�cnica entre los diversos grupos ind�genas y el desarrollo de programas y actividades conjuntas para el mejoramiento de la salud y el ambiente".

La Organizaci�n Panamericana de la Salud (OPS) prepar� un documento para el desarrollo del mejoramiento de la Salud en Am�rica Latina en el Documento: Orientaciones Estrat�gicas y Prioridades Program�ticas para la Organizaci�n Panamericana de la Salud en el Cuadrienio 1991-1994, en el cual se considera que " En relaci�n con la salud de los pueblos ind�genas, las orientaciones estrat�gicas proponen varios aspectos relevantes, entre los que vale destacar:

  • La salud en el desarrollo es una estrategia que reconoce el papel promocional y pol�tico de la salud.
  • La reorganizaci�n del sector salud cobra una importancia fundamental en el caso los pueblos ind�genas, al plantear la transformaci�n de los sistemas nacionales de salud.
  • La focalizaci�n en grupos de alto riesgo.
  • Integraci�n de la mujer en la salud y el desarrollo, tiene una particular relevancia para el caso de la mujer ind�gena.

En 1993 se prepar� un documento para el Consejo Directivo de la OPS en el cual se plantean cuestiones �ticas y legales se�alando que: "Entre las �reas de pol�ticas que merecen especial consideraci�n y desarrollo est� la que se refiere a las pr�cticas tradicionales y a la utilizaci�n y preservaci�n de plantas medicinales".

"Reconociendo la vigencia, la trascendencia y el valor cultural de las pr�cticas m�dicas tradicionales, el abordaje de cuestiones jur�dicas y legales persigue el prop�sito fundamental de revisar los instrumentos legales y c�digos pertinentes con el prop�sito de limitar o reducir los dispositivos que descalifican o prescriben dichas pr�cticas.

"En cuanto a los aspectos de �tica que deben regular la investigaci�n en poblaciones humanas, persisten vac�os y ambig�edades que reclaman atenci�n prioritaria por parte de la organizaci�n, particularmente en lo que se refiere a investigaciones que involucran a poblaciones ind�genas".

Ese mismo a�o, la Organizaci�n Panamericana de la Salud, celebr� en Winnipeg, Canad�, una reuni�n con delegados gubernamentales, de organizaciones ind�genas y organismos no gubernamentales de 18 pa�ses de la Regi�n para abordar el tema de salud ind�gena.

Entre las recomendaciones derivadas de la reuni�n, se identificaron los siguientes principios que deben guiar los programas y proyectos de salud en zonas donde habitan pueblos ind�genas:

  • Respeto a la autodeterminaci�n de los pueblos ind�genas
  • El abordaje de la salud debe tener un enfoque integral, hol�stico.
  • La revitalizaci�n cultural*
  • La participaci�n sistem�tica de los pueblos ind�genas
  • La reciprocidad y responsabilidad compartida en las acciones de salud

Sobre la base de las recomendaciones de Winnipeg, la OPS someti� a consideraci�n del Consejo Directivo, la Resoluci�n V que fue aprobada en septiembre de 1993. Ha formulado en base a ella, un Plan de Acci�n que ha sido revisado posteriormente.

La OPS ha realizado varias reuniones sobre el tema de salud ind�gena y cuenta con material elaborado sobre el tema y puntos focales de salud ind�gena en sus representaciones de los pa�ses.

La Organizaci�n Mundial de la Salud tambi�n aprob� en Reuni�n del Consejo Directivo una Resoluci�n sobre salud de los pueblos ind�genas. El programa de promoci�n de la salud y prevenci�n del uso de drogas cuenta con una secci�n que trabaja el tema y ha reportado sus actividades ante el Grupo de Trabajo de Poblaciones Ind�genas.

Organizaci�n Internacional del Trabajo (OIT)

Desde sus inicios, la OIT reconoci� que en el �rea rural se daban situaciones diferentes que no correspond�an al t�rmino de campesinos tradicionales. Se trataba de las poblaciones ind�genas con todas sus caracter�sticas y particularidades que los diferencian y particularizan. En funci�n de esas diferencias la OIT, despu�s de un largo estudio, en 1957 adopt� el Convenio sobre poblaciones ind�genas y tribales, conocido como Convenio 107.

La importancia de este Convenio radic� en que "por primera vez un organismo internacional formulaba normas vinculantes, es decir obligatorias, respecto a los diferentes problemas ind�genas (y no s�lo respecto al trabajo)"

En este Convenio se reconoci� el derecho colectivo a la tierra, el derecho a la educaci�n en lengua materna y el derecho consuetudinario. Sin embargo este Convenio ten�a una concepci�n paternalista, proteccionista, que trataba de asimilar a las poblaciones ind�genas dentro del marco de los ciudadanos corrientes.

"Como consecuencia de las crecientes cr�ticas a esta concepci�n, la OIT decidi� impulsar una revisi�n del mencionado convenio, que desemboc� en 1989 en la adopci�n por la Conferencia General del Convenio 169 sobre poblaciones ind�genas y tribales, ahora ratificado por varios estados miembros, el cual hasta la fecha constituye el �nico instrumento jur�dico internacional sobre los derechos humanos de los pueblos ind�genas"

Convenio 169 de OIT

El convenio 169 estipula espec�ficamente aspectos fundamentales del Derecho Ind�gena y de los Derechos Humanos. El derecho a la tierra que tradicionalmente ocupan, el derecho consuetudinario y el derecho a la salud y la vida. Lo mismo que el derecho a no ser objetos de tratos de sometimiento del trabajo. Se aclara que los gobiernos, deber�n asumir, con la participaci�n de los pueblos interesados "una acci�n coordinada y sistem�tica con miras a proteger los derechos de los pueblos y a garantizar el respeto de su integridad" (Art. 2, Con. 169).

En el Art�culo 3 dice: "Los pueblos ind�genas y tribales deber�n de gozar plenamente de los derechos humanos y fundamentales sin obst�culos ni discriminaci�n. En al Art�culo 4, tambi�n se refiere al medio ambiente de los pueblos ind�genas. En adelante se dispone el reconocimiento "a los valores y pr�cticas sociales, culturales religiosas y espirituales propios de dichos pueblos" (art. 5).

Tambi�n se aclara el derecho que tienen estos pueblos a ser consultados previamente y de buena fe, cada vez que se prevean medidas que los ata�en; el derecho a decidir sus propias prioridades; igualmente, se estipula que los gobiernos tomen en consideraci�n las apreciaciones de estos pueblos para la conservaci�n del ambiente.

En cuanto a las aplicaciones del derecho en el Art�culo 8, se dice " Al aplicar la legislaci�n nacional a los pueblos interesados deber�n tomarse debidamente en consideraci�n sus costumbres o su derecho consuetudinario.

Y en el Art�culo 10: " Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislaci�n general a miembros de dichos pueblos deber�n tomarse en cuenta sus caracter�sticas econ�micas, sociales y culturales. 2. Deber� darse la preferencia a tipos de sanci�n distintos al encarcelamiento. En el art�culo 12: "Los pueblos interesados deber�n tener protecci�n contra la violaci�n de sus derechos y poder iniciar procedimientos legales, sea personalmente o bien por conducto de los organismos representativos, para asegurar el respeto efectivo de tales derechos".

Un aspecto importante del Convenio 169 de la OIT, es el hecho de ser el primer instrumento jur�dico internacional que utiliza el t�rmino "pueblos ind�genas" haciendo un esfuerzo de definici�n del concepto, aunque se�ala restricciones en su uso a la ley de los Convenios Internacionales.

Organizaci�n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci�n(FAO)

La FAO "puso en marcha los esfuerzos pioneros de la comunidad internacional por eliminar el hambre y la malnutrici�n. A pesar de esta condici�n, la FAO no ha puesto especial importancia en los pueblos ind�genas, independientemente del papel que la cultura tiene en la alimentaci�n y los h�bitos alimenticios. Su actuaci�n ha sido m�s discreta con relaci�n a los pueblos ind�genas, sin embargo en "los �ltimos a�os de la d�cada de los ochenta, al igual que los otros organismos de la ONU, la FAO empieza a preocuparse por comprender la especificidad ind�gena y el car�cter de esta especificidad en el desarrollo, la agricultura y la pobreza … La FAO concluy� con un Plan de Acci�n sobre Participaci�n Popular en el desarrollo rural, aprobado en 1991".

En el marco de las celebraciones del A�o Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo, en un documento la FAO dice que, "facilitar� asistencia t�cnica a los gobiernos para que tomen disposiciones en su legislaci�n a fin de promover y proteger los derechos humanos de las poblaciones ind�genas, sobre todo en lo que respecta a la tierra, a la protecci�n del medio ambiente, a la educaci�n y a la nutrici�n."

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

El PNUD, como organismo multilateral de asistencia para el desarrollo en el mundo ha centrado su tarea en el fortalecimiento del desarrollo humano sostenible de los pa�ses. Para ello, ha desarrollado acciones que tienen que ver con la eliminaci�n de la pobreza, la promoci�n de la mujer, el fomento del empleo productivo y el impulso a los proyectos generadores de empleo, lo mismo que la protecci�n y el fortalecimiento de grupos vulnerables y la protecci�n y generaci�n del medio ambiente.

El PNUD ha impulsado proyectos de etnodesarrollo en los pa�ses de la Regi�n. Entre los aspectos principales de la agenda del PNUD, ha estado as� mismo, destinar recursos financieros al Fondo para el desarrollo de los Pueblos Ind�genas, conocido como Fondo Ind�gena.

Ha participado como instancia organizadora de varios eventos regionales sobre etnodesarrollo, participaci�n de pueblos ind�genas en el manejo adecuado del medio ambiente y los recursos naturales.

UNICEF

El Convenio Internacional de Derechos de Ni�os/as, ratificado por la mayor�a de pa�ses, reconoce derechos ling��sticos y �tnicos para los miembros de los pueblos ind�genas y comunidades �tnicas.

En enero de 1991, se suscribi� un Convenio entre UNICEF y el Instituto Indigenista Interamericano con la finalidad de aunar esfuerzos en favor de la supervivencia y mejores niveles de vida de los ni�os ind�genas de la Regi�n. Las acciones derivadas del mismo, se basaban en el Plan de Acci�n de la Cumbre en favor de la infancia, celebrado en Nueva York en 1990.

Basado en dicho Convenio, UNICEF realiz� en el a�o 1991 una consultor�a para el Instituto Indigenista Interamericano que concluy� con la formulaci�n de la propuesta de un Perfil de un Proyecto Regional sobre "Servicios b�sicos en favor de los pueblos indios de Am�rica. Mejoramiento de los niveles de vida: Alimentaci�n, Salud y Bienestar". (Consultor�a Tejada. Anuario Indigenista, Vol. XXX, 1999).

En 1993, celebr� en el Centro Internacional para el Desarrollo del Ni�o una reuni�n sobre la Discriminaci�n contra ni�os y familias de grupos minoritarios y pueblos ind�genas. Tambi�n, UNICEF ha llevado a cabo programas y proyectos con acciones orientadas a mejorar el nivel de vida de ni�os/as, madres gestantes y lactantes, adolescentes y otros grupos vulnerables de los pueblos indios de Am�rica.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)

El asunto de los pueblos ind�genas se ha tratado por este organismo en diversos foros. Desde 1989 hay una creciente presencia en la discusi�n del tema de los pueblos ind�genas en el debate internacional, especialmente en los organismos internacionales que forman parte del Sistema de Naciones Unidas, pero es en la Conferencia de R�o, celebrada en 1992 cuando se avanza en este sentido. La estrategia de la Agenda 21 concede un lugar central a los pueblos ind�genas como sujetos fundamentales que deb�an involucrarse en la agenda ambientalista.

Al respecto en dicha Agenda se sosten�a: "Most indigenous peoples have a special relationship to the enviroment in their ancestral territories. They should be empowered to participate in formulating and implementing laws and policies on resource management and development. Govermment mechanismes for consultation, collaboration and cooperation with indigenous peoples are advocated. International conventions on indigenous rights should be ratified and complied with, and legal instruments to protect traditional knowledge related to the enviroment should be developed".

R�o 92: Cumbre de la tierra

Como uno de los acontecimientos apremiantes de los �ltimos tiempos y como s�mbolo del temor de lo que puede sobrevenir en los pr�ximos siglos, a las puertas del milenio, se celebr� en R�o de Janeiro, lo que dio en llamarse la Cumbre de la Tierra. Numerosos acuerdos y gu�as de referencia se plantearon para salvaguardar el planeta. Entre los documentos m�s importantes est� el que se ha denominado Agenda 21, que en el cap�tulo 26, abord� el aspecto relativo a los pueblos ind�genas. En el mismo se�ala:

Al prestar su plena cooperaci�n a las poblaciones ind�genas y a sus comunidades, los gobiernos y, seg�n procediera, las organizaciones intergubernamentales, deber�an proponerse el cumplimiento de los objetivos siguientes:

  • Instituir un proceso encaminado a investir de autoridad a las poblaciones ind�genas y a sus comunidades, mediante la adopci�n de medidas que incluyan:
  • La adopci�n o ratificaci�n de las pol�ticas o instrumentos jur�dicos apropiados a nivel nacional;
  • El reconocimiento de que las tierras de las poblaciones ind�genas y sus comunidades deben estar protegidas contra actividades que presenten riesgos para el medio ambiente o que la poblaci�n ind�gena de que se trate considere improcedentes desde los puntos de vista social y cultural;
  • El reconocimiento de sus valores, sus conocimientos tradicionales y sus pr�cticas de ordenaci�n de los recursos, con miras a promover un desarrollo ecol�gicamente racional y sostenible;
  • El reconocimiento de que la dependencia tradicional y directa de los recursos renovables y los ecosistemas, incluido el aprovechamiento sostenible, sigue siendo esencial para el bienestar cultural, econ�mico y f�sico de las poblaciones ind�genas y de sus comunidades;
  • La elaboraci�n y consolidaci�n de los acuerdos nacionales sobre soluci�n de controversias en lo que respecta al arreglo de problemas relacionados con la ordenaci�n de tierras y la gesti�n de los recursos;
  • La promoci�n de otros medios de producci�n ecol�gicamente racionales para asegurar diversas opciones respecto de c�mo mejorar la calidad de su vida, de manera que puedan participar efectivamente en el desarrollo sostenible;
  • La atenci�n al aumento de la capacidad en favor de las comunidades ind�genas, sobre la base de la adaptaci�n y el intercambio de experiencias, conocimientos y pr�cticas de ordenaci�n de los recursos tradicionales, para asegurar el desarrollo sostenible de las comunidades;
  • Establecer, cuando proceda, acuerdos para intensificar la participaci�n activa de las poblaciones ind�genas y sus comunidades en la formulaci�n de pol�ticas, leyes y programas relacionados con la ordenaci�n de los recursos en el plano nacional y otros procesos que pudieran afectarles, as� como para propiciar que formulen propuestas en favor de pol�ticas y programas de esa �ndole;
  • Participaci�n de las poblaciones ind�genas y sus comunidades, a los niveles nacional y local, en las estrategias de ordenaci�n y conservaci�n de los recursos y en otros programas pertinentes establecidos para apoyar y examinar estrategias de desarrollo sostenible, como las que se sugieren en otras �reas de programas del Programa 21.

Uno de los aspectos importantes que implica este documento es el reconocimiento al nivel de la mayor instancia mundial de la importancia de los pueblos ind�genas para la vida del planeta, y la serie de acciones que tiene que ver con el desarrollo de la vida y de su entorno ecol�gico.

A partir de este documento se generaron una serie de acciones que cambi� las concepciones de muchos organismos con relaci�n al rol jugado por los pueblos ind�genas, que va m�s all� de sus fronteras, y la importancia de respetar sus tradiciones y pr�cticas para la conservaci�n del planeta Tierra.

En uno de los puntos, refiri�ndose a las actividades afirma el mismo documento: "Las organizaciones de la Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales de financiaci�n y desarrollo y los gobiernos, apoy�ndose en la participaci�n activa de las poblaciones ind�genas y sus comunidades, seg�n procediera, deber�an tomar, entre otras las siguientes medidas para incorporar sus valores, opiniones y conocimientos, as� como la contribuci�n excepcional de la mujer ind�gena, en pol�ticas y programas de ordenaci�n de los recursos y de otra �ndole que pudieran afectarles".

Convenio sobre la diversidad biol�gica

En la misma reuni�n de R�o, se aprob� el Convenio de la Biodiversidad que incorpora en el Art�culo 8, inciso j aspectos relativos a los pueblos ind�genas. GRAIN (Acci�n Internacional sobre Recursos Gen�ticos) ha sugerido que la Conferencia de las Partes del Convenio sobre Diversidad Biol�gica debe:

"a) Requerir que a las comunidades ind�genas y locales se les otorgue la seguridad de la tenencia relativa a la tierra y otros recursos", adem�s, recomienda el respeto a los sistemas de propiedad com�n, el fortalecimiento a los sistemas de manejo comunitarios locales de la biodiversidad, el financiamiento a las iniciativas comunitarias, y que "los prejuicios contra los sistemas de conocimiento ind�genas, los sistemas tradicionales de cultivo y los cultivos locales sean eliminados las pol�ticas agr�colas y programas de desarrollo".

Despu�s de la Conferencia de Leipzig sobre Recursos Gen�ticos Vegetales se incluyeron importantes compromisos:

  • crear alternativas a los sistemas de propiedad intelectual que salvaguarden los derechos de las comunidades campesinas e ind�genas;
  • continuar la transformaci�n del actual sistema dominante de conservaci�n ex situ hacia una basado en la conservaci�n comunitaria;
  • asegurar que el proceso de revisi�n de la OMC en 1999 – 2000 retire la agricultura del Acuerdo de la Ronda Uruguay y la eliminaci�n del TRIPS

Otro aspecto importante que recoge la Declaraci�n de Leipzig, es el reconocimiento del derecho soberano de los Estados sobre sus recursos gen�ticos. Sobre este aspecto entra en contradicci�n con la FAO que pretende la internacionalidad del conocimiento. Reconoce que el conocimiento y la capacidad de los pa�ses en v�as de desarrollo debe ser fortalecido y que el acceso al conocimiento de los recursos gen�ticos son esenciales para asegurar la seguridad alimenticia mundial.

El Convenio de la Biodiversidad est� regulado por la Conferencia de las Partes (COP) en la reuni�n de la COP de 1994 se trataron asuntos fundamentales por vez primera y se acord� examinar con detalle el asunto de los bosques y de los pueblos ind�genas que aparecen en varios puntos del texto.

Antes de formular cualquier declaraci�n respecto a como se deber�a interpretar el Convenio, no obstante, es importante analizar con detalle los problemas potenciales que genera el Convenio para los pueblos ind�genas, de modo que las explicaciones de las soluciones propuestas se sit�en en el contexto. En la Conferencia de las Partes en Bratislava, se avanz� en la discusi�n y conformaci�n de mecanismos para incorporar la participaci�n ind�gena en el debate.

La propiedad intelectual y la diversidad biol�gica o biodiversidad son temas nuevas desde la perspectiva de las condiciones de vida de los pueblos ind�genas. Pareciera parad�jico, ya que "los pueblos ind�genas tienen la mayor diversificaci�n cultural del mundo y viven en las zonas de mayor diversidad biol�gica."

El tema es nuevo porque es hasta en los �ltimos tiempos que diversos sectores en el mundo se han dado cuenta de la necesidad de la conservaci�n del medio ambiente. Tambi�n han valorado que los pueblos ind�genas han preservado el medio ambiente y Recursos Naturales y, pueden estar en disposici�n de seguirlo conservando, porque constituye su h�bitat natural.

Pero, esta urgencia del planeta tiene planteado un reto esencial. Desde el punto de vista de las organizaciones y autoridades tradicionales de los pueblos ind�genas puesto que: "El fen�meno de la biodiversidad solamente se llevar� a cabo mediante el respeto a los derechos fundamentales de los pueblos ind�genas: a la autodeterminaci�n, los derechos colectivos, el control de nuestros territorios, el acceso a nuestros recursos, el reconocimiento a nuestras instituciones pol�ticas y jur�dicas y el control de nuestro conocimiento tradicional."

En ese sentido, se han auspiciado diversos eventos internacionales para profundizar en la discusi�n sobre c�mo puede aplicarse el Art�culo 8, inciso j del Convenio de la Biodiversidad.

3. CUMBRES IBEROAMERICANAS

Cumbre de Guadalajara

Los Jefes de Estado Iberoamericanos se han reunido en diferentes ocasiones para consolidar el mundo de habla hispana, y establecer pol�ticas dirigidas al terreno del desarrollo econ�mico, el intercambio cultural y la promoci�n de la democracia y los derechos humanos entre otros.

Desde la primera Cumbre, que tuvo lugar en la ciudad de Guadalajara, M�xico, en julio de 1991, llamada la "Declaraci�n de Guadalajara" se toc� el asunto ind�gena con un sentido altamente positivo: "Reconocemos la inmensa contribuci�n de los pueblos ind�genas al desarrollo y pluralidad de nuestras sociedades y reiteramos nuestro compromiso con su bienestar econ�mico y social, as� como la obligaci�n de respetar sus derechos y su identidad cultural".

Igualmente, en el punto sobre "Vigencia del Derecho Internacional", declaran, en la literal "LL) Se propone la creaci�n de un Fondo Iberoamericano con el apoyo de organismos internacionales, para el desarrollo de los pueblos ind�genas, que permita resolver favorablemente los acuciantes problemas de los originarios al margen de cualquier sentido de "reservas ind�genas" o de compensaciones paternalistas"

Frente al compromiso de los Jefes de Estado con el "bienestar econ�mico y social", el Gobierno de Bolivia entr� en contacto con diferentes organismos internacionales, como el BID, El fondo Internacional para el desarrollo Agr�cola, FIDA, el PNUD y la OIT para formular la propuesta preliminar para la creaci�n del Fondo Ind�gena.

Cumbre de Madrid

(Creaci�n del Fondo Ind�gena)

Un a�o despu�s en Madrid, Espa�a se celebr� la II Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno Iberoamericanos en julio de 1992. En presencia de representantes de pueblos ind�genas de Am�rica Latina y el Caribe, se adopt� el Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Ind�genas de Am�rica Latina y el Caribe, el cual ser�a denominado en adelante "Fondo Ind�gena" y tiene como objetivo principal "establecer un mecanismo destinado a apoyar los procesos de autodesarrollo de pueblos, comunidades y organizaciones ind�genas de la Am�rica Latina y el Caribe… Se entender�, por pueblos ind�genas, a los que descienden de poblaciones que habitan en el pa�s o en una regi�n geogr�fica a la que pertenec�a el pa�s en la �poca de la conquista o la colonizaci�n o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situaci�n jur�dica, conservan todas sus propias instituciones sociales, econ�micas, culturales y pol�ticas, o parte de ellas.

Adem�s, la conciencia de la identidad ind�gena deber� considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del presente Convenio constitutivo"

Cumbre de Vi�a del Mar

En la Cumbre de Vi�a del Mar, Chile, 1996, se hace un reconocimiento especial a los pueblos ind�genas cuando dicen: "La gobernabilidad en democracia supone la representaci�n y participaci�n de todos los habitantes de nuestros Estados, sin consideraci�n de origen, raza, religi�n o sexo, con especial consideraci�n a las poblaciones ind�genas, pues ello refrenda la legitimidad de la democracia pol�tica. Ello implica reconocer la contribuci�n de las mayor�as y de las minor�as al perfeccionamiento de nuestros modelos democr�ticos"

M�s adelante, la Declaraci�n de la Cumbre de Vi�a del Mar hace referencia al Fondo Ind�gena, calific�ndolo como "un programa de gran relevancia en la identificaci�n de proyectos y asistencia t�cnica hacia las comunidades ind�genas iberoamericanas, para cuya sostenibilidad acogemos con entusiasmo la iniciativa de construir un Fondo de Capital que asegure las operaciones del mismo".

Pero son m�s espec�ficos en apoyar y definir los derechos ind�genas cuando afirman: "Reconocemos la diversidad de nuestras sociedades como eje fundamental de consolidaci�n de la democracia comprometi�ndonos a posibilitar una plena participaci�n de todos los sectores que la componen. As� mismo, reafirmamos el leg�timo derecho de las poblaciones ind�genas al desarrollo pol�tico, econ�mico, social y cultural".

Cumbre de Isla Margarita.

Es en la Cumbre de la Isla Margarita, donde los gobernantes Iberoamericanos se muestran m�s definidos en el reconocimiento de la importancia de los pueblos ind�genas para el desarrollo y como modelo de nuestros pa�ses. Textualmente dicen:

"28.- Nos comprometemos a tomar en cuenta los modelos de desarrollo propios de las poblaciones ind�genas, que se caracterizan por una concepci�n integral de las necesidades de la vida econ�mica y cultural, sin separar una �rea de la otra, a dise�ar modalidades concretas de asistencia, reconoci�ndoles plenamente sus derechos de propiedad, as� como la protecci�n de su patrimonio cultural e intelectual. En ese sentido, hacemos un llamado a los organismos de cooperaci�n t�cnica y financiera, a brindar su apoyo a los proyectos que les sean presentados para alcanzar dichos objetivos".

4. Organismos Financieros

Banco Mundial

El Banco Mundial es uno de los organismos multilaterales que mayor comprensi�n muestra con relaci�n a los derechos de los pueblos ind�genas. Realiz� un estudio sobre la situaci�n de los pueblos ind�genas cuyo resultado revela la relaci�n directa entre pobreza y pueblos ind�genas en la Regi�n. Su directriz operativa concerniente a los pueblos Ind�genas, es un documento destinado a orientar a los funcionarios y el personal operativo del Banco para poner en pr�ctica sus pol�ticas con relaci�n a los pueblos ind�genas.

El punto 2. De la directriz fija el planteamiento fundamental del Banco Mundial: "La directriz ofrece una orientaci�n de pol�tica para: (a) asegurar que los pueblos ind�genas se beneficien de los proyectos de desarrollo, (b) evitar o mitigar efectos potenciales adversos en los pueblos ind�genas, causados en actividades apoyadas por el Banco".

El Banco Mundial presenta una de las definiciones m�s pr�cticas sobre lo que identifica a un pueblo ind�gena:

"a. gran apego al territorio ancestral y los recursos naturales de estas �reas;
identificaci�n propia e identificaci�n por otros como miembro de un grupo cultural distinto;
una lengua ind�gena, com�nmente diferente a la lengua nacional;
presencia de instituciones sociales y pol�ticas consuetudinarias;
producci�n principalmente orientada hacia la subsistencia.".

Se considera importante citar dos de sus objetivos relacionados con la estrategia del Banco en favor de los pueblos ind�genas:

6. El objetivo general del Banco en relaci�n con los pueblos ind�genas, al igual que con todos los pueblos de los pa�ses miembros, es asegurarse que el proceso de desarrollo promueva el respeto hacia una dignidad, derechos humanos y singularidad cultural. Espec�ficamente, el objetivo central de esta directriz es asegurarse que los pueblos ind�genas no sufran efectos adversos durante el proceso de desarrollo, particularmente de aquellos proyectos financiados por el Banco, y que reciban beneficios sociales y econ�micos que sean culturalmente compatibles.

8. La pol�tica del Banco es que la estrategia para tratar los asuntos referidos a pueblos ind�genas debe estar basada en la participaci�n informada de los propios pueblos ind�genas. De esta manera, la identificaci�n de las preferencias locales a trav�s de la consulta directa, la incorporaci�n del conocimiento ind�gena en los enfoques de los proyectos y la utilizaci�n de especialistas desde una etapa inicial son actividades centrales para cualquier proyecto que involucre a los pueblos ind�genas y sus derechos sobre recursos naturales y econ�micos.

En el mismo documento directriz, en el Cap�tulo dedicado al Rol del Banco, este plantea: 10. El Banco trata de asuntos relacionados con pueblos ind�genas a trav�s de: (a) an�lisis econ�mico y sectorial, (b) asistencia t�cnica, y (c) componentes o previsiones de proyectos de inversi�n. Y, m�s adelante deja claro que, para la elaboraci�n de un plan de desarrollo de los pueblos ind�genas "La clave en el dise�o de proyectos es la preparaci�n de un plan de desarrollo culturalmente apropiado, basado en la plena consideraci�n de las opciones preferidas por los pueblos ind�genas involucrados en el proyecto."

Dentro de los aspectos legales, anotan que "deber� darse atenci�n particular a los derechos de los pueblos ind�genas a usar y desarrollar las tierras que ellos ocupan, a ser protegidos contra intrusos ilegales y a tener acceso a recursos naturales (tales como bosques, vida silvestre y agua) vitales para su subsistencia y reproducci�n".

Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

El Banco Interamericano de Desarrollo (BID), desde mediados de los ochenta, comenz� a abordar el asunto ind�gena, como parte de la prevenci�n de los aspectos negativos que pudieran causar los proyectos financiados por ellos y "en 1990 se adoptaron procedimientos internos para evitar o mitigar los aspectos negativos".

Con car�cter excepcional, el BID hab�a venido participando en proyectos de educaci�n biling�e, programas de salud y nutrici�n, adem�s de muchos programas de desarrollo rural dentro del concepto de apoyo a la poblaci�n rural campesina. Lo mismo que programas del medio ambiente, manejo de cuencas hidrogr�ficas, silvicultura sostenible.

Todo esto se hizo "prestando poca atenci�n a las necesidades, prioridades y aspiraciones espec�ficas de los pueblos ind�genas cuando �stos son diferentes de otros grupos de bajos ingresos de la poblaci�n."

En 1994, dentro del Acuerdo sobre el Octavo Aumento de los Recursos del Banco, "se identific� a los pueblos ind�genas como uno de los grupos meta de la asistencia del Banco". El mandato se refiere a los pueblos ind�genas de la siguiente manera:

"Los grupos ind�genas, que comprenden un sector espec�fico e importante de la poblaci�n de la regi�n, est�n dotados de un rico patrimonio cultural y ling��stico y han desarrollado pr�cticas econ�micas y sociales bien adaptadas a los fr�giles ecosistemas que habitan… El Banco, reconociendo el importante papel que pueden desempe�ar los grupos ind�genas como contribuyentes y beneficiarios de los futuros esfuerzos de desarrollo que se realicen en la regi�n… El Banco intensificar� sus esfuerzos a fin de obtener financiamiento adicional para los programas que beneficien a los mencionados grupos con el objeto de atender adecuadamente sus necesidades."

Para encarar los mandatos el BID cre� la Unidad de Pueblos Ind�genas y Desarrollo Comunitario (IND) en 1994. Esta unidad, act�a como punto focal de las actividades del Banco en esa �rea y es parte del Departamento de Desarrollo Sostenible (SDS). Esta Unidad ha sido designada para preparar las estrategias del Banco para el Desarrollo Ind�gena". El Banco se plantea la participaci�n directa "sobre todo en proyectos del sector social y de manejo ambiental. Es decir, promover� el acceso de los pueblos ind�genas a estos programas, de los cuales han estado excluidos a causa de factores socioculturales, prejuicios o el sesgo urbano que prevalece en muchos de ellos".

Por otra parte, el Banco ha emprendido programas destinados a resolver situaciones espec�ficas de los pueblos ind�genas como Programa de desarrollo de las comunidades para consolidar la paz en Guatemala, la facilidad para peque�os proyectos en el sur de M�xico, Operaciones de cooperaci�n t�cnica en el Per�, Programa de capacitaci�n de l�deres en Guatemala, Programa piloto de salud de los ind�genas, junto con la Organizaci�n Panamericana de la Salud, igualmente financi� un proceso de Consultas de ind�genas y expertos para apoyar el proyecto de "Declaraci�n sobre los derechos de los pueblos ind�genas".

Estos son s�lo algunos de los proyectos m�s importantes del Banco que tambi�n ha apoyado decididamente el Fondo Ind�gena: "En la actualidad, (1997) el Banco est� apoyando el dise�o y la ejecuci�n de una estrategia encaminada a lograr la sostenibilidad financiera del Fondo Ind�gena mediante la creaci�n de un fideicomiso que ser�a administrado por el Banco.

Este fondo tendr�a dos objetivos. Primero, generar ingresos anuales para las actividades de asistencia t�cnica, fortalecimiento institucional, capacitaci�n, identificaci�n de proyectos y formaci�n de consenso, as� como los costos de operaci�n vinculados con la Secretar�a T�cnica y los �rganos de gobierno del Fondo.

Segundo, utilizar el capital del fondo como instrumento de movilizaci�n de nuevos recursos de los mercados financieros internacionales y la comunidad de donantes para fines de inversi�n en proyectos productivos y otras iniciativas generadoras de ingresos que sean llevadas a cabo por comunidades y organizaciones ind�genas"

Fondo Ind�gena

El Fondo Ind�gena es una instituci�n financiera que se cre� como una decisi�n pol�tica de los Jefes de Estado de la Cumbre Iberoamericana. Es un organismo en el que a la par de los delegados oficiales de gobierno, participan delegados ind�genas a su Asamblea General tal como se propuso en su propuesta de creaci�n.

Entre las resoluciones m�s trascendentes de la Asamblea General est� la de promover un flujo de informaci�n de las actividades del Fondo con el apoyo de las organizaciones gubernamentales y las organizaciones ind�genas en cada pa�s; autorizar el establecimiento de un capital social con el apoyo de organismos multilaterales y de otros Estados miembros, establecer un fideicomiso en el Banco Interamericano de Desarrollo para el dep�sito y administraci�n del capital social y autorizar al Consejo Directivo para negociar con el BID.

Al Fondo pueden recurrir los Estados para financiar programas de desarrollo ind�gena. Estos cr�ditos deben ser propuestos por las entidades ind�genas que ser�n beneficiadas "y deben cumplir las reglas y procedimientos de la entidad fiduciaria."

El Fondo ha tenido como meta capitalizarse con 100 millones de d�lares a trav�s de convenios con organismos multilaterales y con gobierno europeos que tienen la disposici�n y la voluntad pol�tica dentro de sus esquemas de ayuda al desarrollo, el apoyo decidido a los pueblos ind�genas. Para 1997, hab�an firmado acuerdos de cooperaci�n con el Fondo: Alemania, B�lgica, Espa�a y Francia.

5. Actividades Parlamentarias

Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo en numerosas resoluciones ha exigido que se act�e y se preste atenci�n a la cr�tica situaci�n de los pueblos ind�genas en todo el mundo. El parlamento ha expresado su apoyo a la labor que realiza el Sistema de las Naciones Unidas definiendo los derechos de los pueblos ind�genas y ha apelado al Consejo y a la Comisi�n para que tomen en consideraci�n las preocupaciones de los ind�genas.

Un ejemplo de ello es la Resoluci�n A3-005/93, de 1994, en la que el parlamento pide que establezcan criterios para la financiaci�n de proyectos comunitarios a la luz de los derechos de los pueblos ind�genas para que esos pueblos puedan participar directamente en proyectos que les conciernan y que a los funcionarios europeos se les imparta una formaci�n especial y se les asignen tareas de seguimiento de los problemas de los pueblos ind�genas.

En ese contexto, la Uni�n Europea, financi� un proyecto espec�fico para apoyar el desarrollo organizativo de los pueblos ind�genas de Centroam�rica en los �ltimos a�os. Dicho proyecto concluy� en 1999 con buenos resultados.

PARLAMENTO LATINOAMERICANO-PARLATINO

El Parlatino es la Asociaci�n de los Parlamentos o Asambleas Nacionales de Am�rica Latina. En mayo de 1992, se instal� en Nicaragua, la Comisi�n Permanente de Asuntos Ind�genas y Etnias del PARLATINO. La misma comisi�n, ha sostenido diversas reuniones para tratar temas relacionados al medio ambiente y la situaci�n de los pueblos ind�genas, lo mismo que sobre los derechos ind�genas y los procesos de legalizaci�n de tierras.

Parlamento Ind�gena de Am�rica

El parlamento Ind�gena est� formado por ind�genas que integran los parlamentos de Am�rica Latina, Estados Unidos y Canad�. Han funcionado como voceros de las inquietudes nacionales o continentales de los problemas de sus pueblos. Este Foro sirve para promover los derechos ind�genas con relaci�n a los Estados en el Continente. Fue creado en 1988 y ha realizado sesiones anuales en los cuales ha abordado temas vinculados a medio ambiente, salud y pueblos ind�genas, educaci�n intercultural biling�e, derechos de la ni�ez ind�gena. Ha establecido convenios de trabajo con la Organizaci�n Panamericana de la Salud.

En conjunto con la Comisi�n de Asuntos Ind�genas del PARLATINO y el Parlamento Andino ha realizado sesiones de trabajo para analizar el tema de la medicina tradicional y los pueblos ind�genas.

PARLAMENTO CENTROAMERICANO-PARLACEN

Constituido por veinte diputados de cada pa�s de la antigua Confederaci�n Centroamericano, sin incluir Costa Rica. Cuenta con una comisi�n de Derechos Humanos, la cual aborda tambi�n el tema de los derechos ind�genas. Para la promoci�n de estos derechos han realizado algunos eventos. Tambi�n han emitido una resoluci�n a trav�s de la cual avalan el proceso de discusi�n del Proyecto de Declaraci�n Americana sobre Derechos de los Pueblos Ind�genas promovido por la OEA.

Otro tema que han apoyado y al cual le han dado seguimiento, que incorpora aspectos relativos a los derechos de los pueblos ind�genas es la Alianza de Desarrollo Sostenible - ALIDES, que es una instancia centroamericana de los gobiernos que se ha planteado implementar las recomendaciones derivadas de la Conferencia sobre Medio Ambiente de R�o de Janeiro en 1992.

La Alianza Centroamericana para el Desarrollo Sostenible busca fortalecer las democracias de la regi�n, mediante la promoci�n de la prosperidad social y econ�mica, y la gesti�n racional del medio ambiente.

5. Sistema Interamericano

El Sistema Interamericano expres� inicialmente su posici�n sobre los derechos ind�genas en la Convenci�n de P�tzcuaro (1940), con el consecuente establecimiento del Instituto Indigenista Interamericano, los Congresos Indigenistas Interamericanos (se han realizado XI) y los Institutos Nacionales de Asuntos Ind�genas en cada uno de los pa�ses de la Regi�n.

En las Actas de los Congresos Indigenistas Interamericanos se evidencian los cambios en la pol�tica indigenista en el Continente durante los �ltimos 59 a�os. La pol�tica integracionista prevaleci� hasta el VII Congreso realizado en Brasilia, Brasil en 1972.(Matos Mar, El sistema indigenista).

A partir del VIII Congreso, celebrado en M�rida, M�xico en 1980 se inicia un per�odo de revisi�n cr�tica del indigenismo con planteamientos que van desde el abandono del paternalismo, el reconocimiento de la capacidad de gesti�n de las organizaciones ind�genas, su derecho a participar en la gesti�n p�blica, el car�cter pluricultural y multiling�e de las sociedades nacionales hasta la necesidad de respetar y apoyar los derechos humanos de los pueblos ind�genas.

A trav�s de la Resoluci�n AG/RES.1022 (XIX-0/89), la Asamblea General de la OEA inici� la preparaci�n de un instrumento jur�dico sobre el Derecho de las poblaciones ind�genas. En ese contexto, la OEA a trav�s de organismos especializados ha promovido una serie de reuniones y discusiones para aprobar una Declaraci�n Americana sobre los derechos de las poblaciones ind�genas.

En la Declaraci�n de Principios de la Primera Cumbre de las Am�ricas - Declaraci�n de Principios (Pacto para el desarrollo y la prosperidad: democracia, libre comercio y desarrollo sostenible en las Am�ricas), se observan importantes avances en el tema ind�gena. As� se�ala, en el cap�tulo "Preservar y fortalecer la comunidad de democracias de las Am�ricas" que "La democracia es el �nico sistema pol�tico que garantiza el respeto de los derechos humanos y el estado de derecho; a la vez, salvaguarda la diversidad cultural, el pluralismo, el respeto de los derechos de las minor�as y la paz en y entre las naciones".

En el mismo cap�tulo agregan, "Nuestro objetivo final es mejorar la satisfacci�n de las necesidades de la poblaci�n, especialmente de las mujeres y los grupos m�s vulnerables, incluidos las poblaciones ind�genas, los discapacitados, los ni�os, ancianos y las minor�as".

En el cap�tulo sobre la erradicaci�n de la pobreza y la discriminaci�n en nuestro hemisferio, plantean que "todos deben tener acceso a los frutos de la estabilidad democr�tica y del crecimiento econ�mico, sin discriminaci�n por motivos de raza, sexo, nacionalidad de origen o religi�n".

Tambi�n se refieren al Decenio de los pueblos ind�genas al se�alar que "En observancia del Decenio Internacional de los Pueblos Ind�genas del Mundo, concentraremos nuestros esfuerzos en mejorar el ejercicio de los derechos democr�ticos de las poblaciones ind�genas y su acceso a los servicios sociales".

En el Plan de Acci�n de la Cumbre de las Am�ricas, en el aspecto relativo a los Derechos Humanos, "los gobiernos solicitaron adem�s a la OEA y al BID que establezcan o fortalezcan, seg�n sea el caso, programas para apoyar los proyectos nacionales destinados a la promoci�n y la observancia de los derechos humanos en el hemisferio".

Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos

La Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos fue establecida en 1959. Se rige por la Convenci�n Americana sobre Derechos Humanos suscrita en 1969 y vigente a partir de 1978. La Comisi�n puede formular recomendaciones a los Estados, publicar sus conclusiones y/o iniciar acci�n contra un Estado en representaci�n de la v�ctima ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

A trav�s de la Resoluci�n AG/RES.1022 (XIX-O/89), de la Asamblea General inici� la preparaci�n de un instrumento jur�dico sobre el Derecho de las poblaciones ind�genas.

Durante el a�o 1992, la CIDH envi� a los gobiernos de los Estados miembros de la OEA as� como a instituciones ind�genas e intergubernamentales un cuestionario solicitando su opini�n sobre temas y enfoques que deber�a incluir el instrumento. En base a ello y las recomendaciones derivadas de consultas y reuniones complementarias, la CIDH elabor� la primera propuesta.

En la propuesta que result� de la consulta, los contenidos b�sicos responden a los siguientes principios, de acuerdo a Kreimer: (Kreimer, O., Una lectura a trav�s del Proyecto de Declaraci�n Americana sobre los Derechos de los Pueblos Ind�genas, Derecho Ind�gena, INI, AMNU, 1997):

  • El reconocimiento expl�cito por la comunidad de Estados Americanos a trav�s de la OEA, del valor de sus pueblos ind�genas y sus culturas, de su integridad cultural, de su dignidad y de sus aportes de distinto tipo.
  • El pluriculturalismo de nuestras sociedades, reconociendo la diversidad y riqueza interna de cada uno de los Estados y de la importancia de un marco nacional com�n digno para todos los sectores.
  • La integralidad e integridad del Estado.
  • El principio de la inherencia de los derechos ind�genas. La situaci�n especial que poseen los pueblos ind�genas por su preexistencia originaria y su continuidad social y cultural en los Estados contempor�neos.
  • El derecho de los pueblos ind�genas a su autogobierno y autonom�a internas.
  • La preeminencia y primac�a de los derechos humanos. El proyecto desarrolla la posici�n filos�fica que los derechos colectivos nacen como y en tanto son condici�n necesaria para el pleno goce de los derechos humanos individuales.
  • La necesidad de medidas especiales compensatorias, que traten de reparar la discriminaci�n y despojo hist�ricos, dando con ello plena capacidad de desarrollar sus potencialidades a los pueblos ind�genas.

Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social

Al ser consultado el CIESS sobre la resoluci�n de la Declaraci�n Americana sobre los Derechos Ind�genas, plantea que su respuesta del 3 de mayo de 1999, es de orden acad�mica dada la naturaleza del CIESS:

"Cobra creciente importancia el c�mulo de tradiciones, valores, instituciones y caracter�sticas particulares de los pueblos ind�genas en el marco de la transformaci�n de la sociedad y, en particular, en el contexto de la modernizaci�n del Estado y de los procesos de globalizaci�n.

"La iniciativa del Proyecto de Declaraci�n de los Derechos de los Pueblos Ind�genas se inscribe en el seno de la Subcomisi�n de Prevenci�n de Discriminaciones y Protecci�n de las Minor�as. Subraya con ello, la igualdad de dignidad y derechos de los ind�genas, al tiempo que reprueba toda doctrina y pr�ctica fundada en argumentos de superioridad racial, �tnica y cultural.

"Para el CIESS dedicado de manera especializada al campo de la seguridad social, adquieren relevancia particular en el Proyecto de Declaraci�n, el Art�culo 23 y el Art�culo 24 que se refieren al derecho de los pueblos ind�genas a determinar y elaborar sus programas de salud y a administrarlos, en lo posible mediante sus propias instituciones; al derecho a la protecci�n de plantas, animales y minerales de inter�s vital desde el punto de vista m�dico, y al derecho de acceso, sin discriminaci�n alguna, a todas las instituciones de sanidad y a los servicios de salud y atenci�n m�dica.

"Desde el �mbito de acci�n y en su calidad de centro de estudios el CIESS comparte el inter�s por el acceso universal a la seguridad social y a los servicios de salud, as� como comparte tambi�n el ideario porque las organizaciones ind�genas est�n representadas y participen en todas aquellas reuniones, grupos de trabajo y comisiones en las cuales se entable debate y proceso de decisi�n en torno a los asuntos que les incumben."

Tambi�n agrega que el CIESS ha realizado con los grupos ind�genas desde 1994, seminarios relacionados con la seguridad social y los pueblos ind�genas.

Instituto Panamericano de Geograf�a e Historia

El Instituto Panamericano de Geograf�a e Historia es un organismo especializado de la OEA que tiene su sede en M�xico. En carta dirigida el 20 de Mayo al Instituto Indigenista Interamericano, su Director Carlos A. Carvallo Y��ez, reconoce que "la participaci�n en el Grupo de Trabajo de los representantes de las comunidades ind�genas, permitir� el logro de acuerdos sustantivos en favor de la poblaci�n ind�gena del Continente".

Comisi�n Interamericana para el Control del Abuso de Drogas - CICAD

La Comisi�n ha trabajado el tema por la incidencia que las medidas de control del uso de drogas tienen sobre las poblaciones ind�genas del continente, cuya cultura tradicional incluye la producci�n y el consumo ceremonial o el uso alimenticio o medicinal de materiales alucin�genos.

La Comisi�n est� desarrollando en esa l�nea, un proyecto piloto en la Costa Atl�ntica de Centroam�rica que apoya el dise�o de intervenciones comunitarias culturalmente aceptables, para la preservaci�n del uso de drogas en zonas donde habitan pueblos ind�genas y comunidades afrocaribe�as.

Instituto Interamericano de Derechos Humanos

El Instituto Interamericano de Derechos Humanos ha realizado una serie de cursos de capacitaci�n sobre derechos ind�genas.

Instituto Indigenista Interamericano

El Instituto Indigenista Interamericano ha sido el organismo especializado en el tema de derechos ind�genas del Sistema Interamericano, sin embargo, las condiciones para cumplir con su misi�n deben adaptarse al nuevo contexto internacional.

En un trabajo del Director actual del INI, explica que "Si bien la "perspectiva indigenista", cuyo objetivo original fue promover el "desarrollo integral de los pueblos ind�genas", era compartida de manera generalizada en el Continente, aceptaba de hecho el desconocimiento de las circunstancias espec�ficas en que dichos pueblos desenvolv�an su vida en cada una de las regiones y pa�ses de Am�rica. Era, fue y es una mirada exterior, generosa y comprometida, pero exterior a los pueblos ind�genas".

M�s adelante agrega: "No obstante debemos tener siempre presente que el "indigenismo" fue una corriente de pensamiento continental que luch� por el reconocimiento de las culturas ind�genas y que se esforz� en encontrar caminos y estrategias para superar la condici�n colonial en que se debat�an los pueblos indios de Am�rica".

Con relaci�n al integracionismo contin�a diciendo: "Es probablemente el "enfoque integracionista" en el que se ha resumido, exageradamente, "la perspectiva indigenista". Es este enfoque el punto de contradicci�n m�s significativo con las actuales formas de pensar la cuesti�n ind�gena en Am�rica Latina".

Al referirse a la cuesti�n institucional de los Estados agrega: "… la construcci�n de los discursos y expectativas nacionales se deslig� conceptualmente de la cuesti�n ind�gena, ubicando a los pueblos indios ya sea en el pasado remoto de nuestras naciones, o como pervivencias sociales en trance de desaparici�n; es m�s, la medida de nuestra modernidad se ha medido en ocasiones, a partir de que tanto se ha diluido el componente ind�gena de nuestras sociedades.

Este fen�meno de ocultamiento y elusi�n de la cuesti�n ind�gena en la discusi�n de nuestros proyectos nacionales, ha provocado un gran desconocimiento de la real presencia ind�gena por el resto de nuestras sociedades y, s�lo en fechas muy recientes empieza a descubrirse como esencial en cualquier proyecto de desarrollo o modernizaci�n. En muchos de nuestros pa�ses es condici�n inexcusable para iniciar procesos de transformaci�n".

Poco a poco se comenz� a permitir la participaci�n de ind�genas en los Congresos Indigenistas Interamericanos, pero, de manera extraoficial. El mismo Instituto Indigenista Interamericano ha planteado como desaf�o la necesidad de un nuevo paradigma a partir del cual procesar o concebir una nueva relaci�n entre los Pueblos Indios y los Estados, basados en el di�logo y la negociaci�n. Lo anterior requiere de un redise�o institucional que permita el tr�nsito del indigenismo hacia la etapa de los derechos ind�genas.

En ese sentido van encaminados los esfuerzos del Instituto Indigenista Interamericano, en cuanto a la necesidad de reformar la Convenci�n de P�tzcuaro, prestar asistencia t�cnica para la discusi�n consensuada y aprobaci�n de la Declaraci�n Americana de Derechos de los Pueblos Ind�genas y el establecimiento del Foro de Pueblos Ind�genas de las Am�ricas.

En ese contexto, el Instituto Indigenista Interamericano, convoc� a l�deres ind�genas del Continente al I Foro Continental de Pueblos Ind�genas de las Am�ricas en diciembre de 1996. Entre las resoluciones finales del mismo, se evidenci� un respaldo al proceso de definici�n de un instrumento jur�dico que reconozca los derechos de los pueblos ind�genas de las Am�ricas, basado en un amplio proceso de consulta y de participaci�n a fin de que se "incluyan sus aspiraciones de autodesarrollo y el reconocimiento a su integridad cultural y territorial" (Declaraci�n Ind�gena de Am�rica, I Foro Continental de Pueblos Ind�genas de las Am�ricas. Tlaxcala, M�xico, 11 de diciembre de 1996).

En el mismo evento, los delegados/as ind�genas, asumieron el reto de instaurar un Foro Permanente de Pueblos Ind�genas dentro del seno del Sistema Interamericano como una instancia formal de di�logo y negociaci�n. Solicitaron al Instituto Indigenista Interamericano apoyar dicho proceso en el marco del Decenio Internacional de Pueblos Ind�genas.

En las reuniones t�cnicas de dirigentes de organismos indigenistas de las Am�ricas promovidas por el Instituto Indigenista Interamericano, los participantes han reiterado tambi�n los planteamientos de la necesidad de hacer reformas integrales a las instituciones indigenistas interamericanas. Se�alan sin embargo, que dichas reformas deben hacerse con la participaci�n activa e intercultural de los pueblos ind�genas. (Declaraci�n de Parano�, Reuni�n t�cnica de dirigentes de organismos indigenistas de la Am�ricas, Brasilia, Brasil, 1 de mayo de 1997, Anuario Indigenista, 1997, III).

Referencias bibliogr�ficas:

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  2. ibid. p.160
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  4. ibid. pp. 137,138.
  5. ibid. p.162
  6. UNESCO. Consejo Ejecutivo. 144� reuni�n. Par�s, 5 de abril de 1944. " Protecci�n y Promoci�n de los Derechos Culturales de Personas pertenecientes a minor�as, en las esferas de competencia de la UNESCO"
  7. ibid. p.7
  8. ibid. p.6
  9. 48/163 Decenio Internacional de las Poblaciones Ind�genas del Mundo. 21 de Diciembre de 1993. 86� sesi�n plenaria. Informe A/48/632/Add.2. 144 EX/15 Anexo III
  10. Salud de los pueblos Ind�genas en las Am�ricas a comienzos de los a�os 90. Anuario Indigenista. Volumen XXXI, Instituto Indigenista Interamericano, M�xico, 1992. pp. 279-280
  11. ibid.
  12. Organizaci�n Panamericana de la Salud – OMS. Salud de los Pueblos Ind�genas. Documento preparado para la XXXVII Reuni�n del consejo directivo de la OPS, aprobado mediante la Resoluci�n V de esa reuni�n, el 28 de septiembre de 1993.
  13. Derechos Ind�genas. Lectura comentada del Convenio 169 de la Organizaci�n Internacional del Trabajo. Magdalena G�mez, Instituto Indigenista Interamericano. M�xico 1995.
  14. El marco internacional del Derecho Ind�gena. Rodolfo Stavenhagen. En Derecho Ind�gena. Seminario Internacional realizado en el Auditorio "Fray Bernardino de Sahagun" del Museo Nacional de Antropolog�a e Historia en la ciudad de M�xico del 26 al 30 de mayo de 1997. Instituto Indigenista Interamericano y Asociaci�n Mexicana para las Naciones Unidas. p. 169
  15. Hacia el desarrollo ind�gena: Un proceso en construcci�n" Tesis para obtener el t�tulo de Licenciado en Econom�a, Marcelino G�mez Nu�ez. San Crist�bal de las Casas, Chiapas, M�xico, 1999
  16. Actividades de la FAO en apoyo de los pueblos ind�genas, FAO, 1992, documento mecanoescrito. En "Hacia el desarrollo ind�gena: Un proceso en construcci�n" Tesis para obtener el t�tulo de Licenciado en Econom�a, Marcelino G�mez Nu�ez. San Crist�bal de las Casas, Chiapas, M�xico, 1999.
  17. Declaraciones de Guadalajara. Reuni�n Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno Iberoamericanos, realizada en Guadalajara, Jalisco, M�xico, entre el 18 y 19 de Julio de 1991. Aparecida en : Anuario Indigenista, Vol. XXX. Instituto Indigenista Interamericano, M�xico, 1991.
  18. Anuario Indigenista. Vol. XXXI, 1992. Instituto Indigenista Interamericano. M�xico, 1992 pp. 259-260.
  19. Declaraci�n de Vi�a del Mar, VI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno. 10 y 11 de noviembre de 1996.
  20. Ibid. p�rrafo 3.5 de la segunda parte.
  21. Ibid. p�rrafo 34 titulado: Participaci�n de las Poblaciones Ind�genas.
  22. VII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno
  23. Isla de Margarita (Venezuela), 8 y 9 de noviembre de 1997
  24. Banco Mundial. Directriz Operativa Concerniente a los Pueblos Ind�genas. Publicada el 17 de septiembre de 1991, para orientar al personal operativo del Banco Mundial. Esta versi�n en espa�ol no ha sido aprobada por el Banco Mundial. Versi�n del 17 de noviembre 1997. (Se sabe que el Banco Mundial actualmente est� discutiendo una nueva directriz, m�s moderna y m�s acorde con los nuevos conceptos en relaci�n a los pueblos ind�genas.
  25. Ibid. p. 3
  26. ibid. p. 4
  27. ibid. p. 4
  28. ibid. p.6
  29. ibid. p.7
  30. Pueblos Ind�genas y Desarrollo Sostenible: El papel del Banco Interamericano de Desarrollo, preparado por Anne Deruyttere. Presentaci�n hecha ante el Foro de las Am�ricas del Banco Interamericano de Desarrollo, 8 de abril de 1997. Publicaci�n del Banco Interamericano de Desarrollo, Departamento de Desarrollo Sostenible. Unidad de Pueblos Ind�genas y Desarrollo Comunitario. Washington, D.C. Junio 1997 – No. IND97 – 101.
  31. Ibid. p.12 �C�mo est� respondiendo el BID?
  32. Ibid. p.12
  33. Asamblea de Gobernadores. Banco Interamericano de Desarrollo, Informe sobre el Octavo Aumento General de los Recursos del Banco Interamericano de Desarrollo. AB – 1704, 8/94, p. 22.
  34. Ibid. p. 14. Desarrollo Sostenible. Unidad de Pueblos Ind�genas y desarrollo comunitario. Junio 1997
  35. ibid. p. 16
  36. Fondos para el Desarrollo de los Pueblos Ind�genas de Am�rica latina y el Caribe. Serie documentos No. 14. La Paz, Mayo 1997
  37. Ibid p. 7
  38. Hacia la Reforma del sistema indigenista interamericano, mayo 1996, Jos� de Val. En Cuaderno de trabajo 1, Instituto Indigenista Interamericano, M�xico, 1997
  39. ibid. p. 10
  40. ibid. pp.18-19.
  41. Documento enviado, desde la ciudad de M�xico, por el Dr. Luis Jos� Mart�nez Villalba, Director del CIESS a Jos� de Val Director del Instituto Indigenista Interamericano, el 3 de mayo de 1999.
  42. Carta personal del 20 de Mayo de 1999
  43. Watu, Acci�n ind�gena. Diversidad biol�gica, diversidad cultural, Madrid, 1997 El Art�culo se titula: El convenio sobre biodiversidad las preocupaciones de los pueblos ind�genas.
  44. ibid. 141
  45. Derechos de Propiedad intelectual y Biodiversidad. Acuerdos fundamentales tomados en la reuni�n regional auspiciada por la COICA y el PNUD, que tuvo lugar en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, entre el 28 y el 30 de septiembre de 1994
  46. R�o 92: Cumbre de la Tierra. Reconocimiento y fortalecimiento del papel de las poblaciones ind�genas y sus comunidades. Cap�tulo 26 del Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Agenda 21), realizada en R�o de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992. Doc. ONU A/CONS. 151/26 (Vol. No. 3), 14 de agosto de 1992. En Anuario Indigenista, 1992, Vol. XXXI, Instituto Indigenista Interamericano, M�xico. Pp.300 – 301.
  47. Ibid. p. 301
  48. Patrimonio Ind�gena y Autodeterminaci�n. Tony Simpson. Documento IWGIA No. 22, Copenhague. 1997.
  49. Ibid. p. 105
  50. En Junio de 1996 la Cuarta Conferencia t�cnica Internacional sobre Recursos Gen�ticos Vegetales fue celebrada en Leipzig a pedido de la FAO y de la Conferencia sobre Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas, a trav�s de la Agenda 21.
  51. Watu, Acci�n ind�gena, p. 145
  52. ibid. p.144
  53. Derechos Humanos. Los Derechos de los Pueblos Ind�genas. Folleto Informativo No. 9 (Rev.1)
  54. 50� Aniversario de la Declaraci�n Universal de los derechos Humanos 1948 – 1998. Naciones Unidas.
  55. Do Cip. Centro de Documentaci�n, investigaci�n e informaci�n de los pueblos ind�genas. Ginebra, Suiza. http://www.docip.org
  56. 56. Instituto Indigenista Interamericano. Anuario Indigenista. Vol. XXX. Diciembre 1991. M�xico.

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