XI CONFERENCIA INTERAMERICANA DE MINISTROS DE TRABAJO OEA/Ser.K/XII.11.1 TRABAJO/doc.5/98 Rev. 2
20 –21 octubre 1998, Vi�a del Mar, Chile

DECLARACI�N DE VI�A DEL MAR

(Aprobada en la Tercera Sesi�n Plenaria celebrada el 21 de octubre de 1998, con correcciones de la Comisi�n de Estilo)

Los Ministros participantes en la XI Conferencia Interamericana de Ministros del Trabajo de la Organizaci�n de Estados Americanos, realizada en Vi�a del Mar, Chile, los d�as 20 y 21 de octubre de 1998, reunidos para analizar los temas de "Globalizaci�n de la Econom�a y su Dimensi�n Social y Laboral" y "Modernizaci�n del Estado y de la Administraci�n Laboral, Requerimientos y Desaf�os",

DECLARAMOS:

1. Que nuestras deliberaciones se enmarcan en las orientaciones y compromisos de la I y II Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno de las Am�ricas y sus Planes de Acci�n acordados, de diciembre de 1994 y de abril de 1998, respectivamente; en la Declaraci�n de Buenos Aires, suscrita en ocasi�n de la X Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo, de octubre de 1995, as� como igualmente, en la Declaraci�n de la misma, presentada en la reuni�n de Ministros de Comercio de Belo Horizonte, de mayo de 1997. Del mismo modo, hemos tenido en cuenta las sugerencias de los cuatro grupos de trabajo, constituidos a partir de la mencionada X Conferencia y los avances verificados desde entonces.

2. Que en el marco de la consolidaci�n y profundizaci�n de la democracia en nuestras naciones, reiteramos que los objetivos �tica, social y pol�ticamente fundamentales que deben conducir el dise�o e implementaci�n de las pol�ticas de crecimiento, modernizaci�n e integraci�n econ�mica en que nuestros pa�ses se encuentran empe�ados son, prioritariamente, aquellos que permitan alcanzar un desarrollo econ�mico y social que asegure la promoci�n de la igualdad de oportunidades de progreso, la erradicaci�n de la pobreza y de todas las formas de discriminaci�n, en definitiva, el logro de equidad y justicia social.

3. Que asumimos el concepto de Desarrollo Humano, tal como ha sido definido en la Cumbre Mundial de Copenhague de 1995, como la noci�n que mejor expresa y sintetiza los objetivos antes mencionados y que, en ese universo conceptual, el mundo del trabajo constituye uno de los espacios fundamentales en el cual tal desarrollo puede y debe realizarse.

4. Que consecuentemente con lo anterior, sostenemos que las pol�ticas que constituyen la base del crecimiento econ�mico necesario para el desarrollo social, en particular, el libre comercio internacional, la integraci�n econ�mica, el impulso a la inversi�n productiva, la incorporaci�n de tecnolog�as avanzadas, as� como las destinadas a asegurar un sano equilibrio macroecon�mico, la estabilidad econ�mica, la modernizaci�n institucional, el adecuado funcionamiento de los mercados de trabajo y la elevaci�n de la competitividad de las empresas y pa�ses, deben dise�arse de manera tal, que sus resultados produzcan m�s empleos y de mayor calidad, consistentes con normas laborales b�sicas internacionalmente reconocidas. Esto supone empleos que aseguren retribuciones econ�micas y profesionales a los trabajadores, acordes con su productividad, y que les ofrezcan oportunidades efectivas de progreso social y humano a ellos y sus familias, considerando siempre la dignidad de la funci�n del trabajo en nuestras sociedades.

5. Que tales pol�ticas deber�n tener especial preocupaci�n por las iniciativas destinadas a mejorar la situaci�n de quienes ya se encuentren ocupados, y por atender igualmente la exigencia fundamental de promover la incorporaci�n de los que buscan empleo, especialmente los j�venes, las mujeres, los migrantes, las personas con discapacidades, otras minor�as o grupos vulnerables, los que se encuentran afectados por procesos de reconversi�n productiva y aquellos que operan en el sector informal y precario de la econom�a.

6. Que las pol�ticas antes aludidas deber�n realizarse en el marco de regulaciones de trabajo individuales y colectivas, que garanticen, de acuerdo con las condiciones reales de cada pa�s, normas laborales que correspondan con los derechos fundamentales de los trabajadores consagrados por la Organizaci�n Internacional del Trabajo (OIT), y reiterados en la Declaraci�n relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento, adoptada por los constituyentes de la OIT durante la Conferencia Internacional del Trabajo, en junio de 1998. Lo anterior, teniendo especialmente en cuenta el compromiso asumido en la II Cumbre de las Am�ricas de asegurar un mayor grado de observancia y promoci�n de estas normas internacionalmente aceptadas.

7. Que los prop�sitos enunciados suponen enfrentar de manera activa, por parte de los Gobiernos, y en particular de los Ministerios de Trabajo, un conjunto de materias de importancia estrat�gica, derivadas de nuevas realidades en el mundo del trabajo, consecuencia de los procesos ya mencionados de internacionalizaci�n econ�mica y comercial, de la velocidad de las innovaciones t�cnicas y de los cambios estructurales e institucionales asociados a tales procesos. Para ello, nuestros Ministerios del Trabajo deben modernizarse y fortalecer sus capacidades, de modo que puedan enfrentar estos nuevos desaf�os y participar m�s eficazmente en la formulaci�n de las pol�ticas sobre tales materias.

8. Que teniendo en cuenta, entre otros antecedentes, los an�lisis y recomendaciones de la I y II Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno de las Am�ricas, de la X Conferencia Interamericana de Ministros del Trabajo, los avances verificados desde entonces, las experiencias nacionales en la Regi�n, as� como las sugerencias de los cuatro grupos de trabajo constituidos por la X Conferencia y la Declaraci�n de la misma presentada a los Ministros de Comercio en Belo Horizonte en mayo de 1997, hemos identificado las siguientes materias como prioritarias en las pol�ticas de los Gobiernos y de los Ministerios del Trabajo: rol de los Ministerios de Trabajo; empleo y mercado de trabajo; formaci�n profesional; relaciones laborales y derechos b�sicos de los trabajadores; seguridad social; seguridad e higiene en el trabajo; inspecci�n de las leyes laborales nacionales; administraci�n de la justicia laboral; y di�logo social.

9. Que para implementar acciones conducentes al logro de las tareas que se desprenden de la Agenda de temas prioritarios antes se�alados;

RESOLVEMOS:

I. Desarrollar un Plan de Acci�n, anexo a este texto, cuya puesta en marcha corresponder� a los Ministerios de Trabajo de cada pa�s, as� como a la coordinaci�n que entre ellos se decida para tales efectos en el marco del sistema interamericano de la OEA. Dicho Plan formular� criterios de acci�n a los Ministerios de Trabajo, que seguir�n las orientaciones y compromisos acordados en materia laboral en la Declaraci�n de Santiago de la II Cumbre de las Am�ricas de 1998 y en su respectivo Plan de Acci�n.

II. Continuar con la metodolog�a de Grupos de Trabajo establecida en la X Conferencia de Buenos Aires, reduciendo su n�mero a dos. A estos efectos se conformar�n los siguientes Grupos de Trabajo encargados de desarrollar actividades correspondientes a los temas objeto de esta Conferencia: "Globalizaci�n de la Econom�a y su Dimensi�n Social y Laboral" y "Modernizaci�n del Estado y de la Administraci�n Laboral: requerimientos y desaf�os". Dichos grupos abordar�n, a trav�s de subgrupos, las diferentes materias consideradas en el punto 8 de esta Declaraci�n.

III. Solicitar, a fin de poner en pr�ctica este Plan de Acci�n, a la Organizaci�n de Estados Americanos (OEA), en su condici�n de Secretar�a T�cnica de la Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT), que considere proveer los recursos institucionales necesarios para facilitar la actividad de los grupos de trabajo, de ser necesario con la eventual contribuci�n de la contraparte nacional, considerando la participaci�n de COSATE y CEATAL, y a la Organizaci�n Internacional del Trabajo (OIT), al Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a la Comisi�n Econ�mica para Am�rica Latina y el Caribe (CEPAL) y a otros organismos regionales y subregionales que apoyen estos grupos de trabajo con la asistencia t�cnica necesaria en el �mbito de sus respectivas competencias.

IV. Encomendar a la Presidencia Pro T�mpore, en conjunto con los Grupos de Trabajo y particularmente con los pa�ses coordinadores de �stos, y con el apoyo de la secretar�a t�cnica, que colabore para que los pa�ses lleven a cabo las tareas que emanan de este documento. La metodolog�a de instalaci�n y funcionamiento de los grupos de trabajo e intercambio de informaciones ser� presentado por la Presidencia Pro T�mpore, previa consulta con los pa�ses miembros, en la primera reuni�n regional de la OIT, o a m�s tardar en abril de 1999. Con la implementaci�n del Plan de Acci�n, se realizar� una evaluaci�n continua de los grados de avance del mismo.

V. Celebrar una Reuni�n Ministerial de Seguimiento en la Rep�blica Dominicana en el a�o 2000 y encomendar a esa Reuni�n la fijaci�n de la sede de la XII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo para el a�o 2001.

  [Labour/tracker.htm]