OEA/Ser.P
AG/RES. 1649 (XXIX-O/99)
7 junio 1999
Original: español

FORTALECIMIENTO DE LA PROBIDAD EN EL HEMISFERIO
Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN
PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN

(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 1999,
y pendiente de edición por la Comisión de Estilo)


LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre el fortalecimiento de la probidad en el Hemisferio y el seguimiento del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción (CP/CAJP-1458/99 rev. 1), en cumplimiento del mandato de la Asamblea General comprendido en la resolución AG/RES. 1552 (XXVIII-O/98);

CONSIDERANDO:

Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en su preámbulo, señala que "la democracia representativa es condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región" y que "la organización jurídica es una condición necesaria para la seguridad y la paz, fundadas en el orden moral y en la justicia";

Que los Estados Miembros, al suscribir la Convención Interamericana contra la Corrupción, manifestaron en su preámbulo estar "convencidos de que la corrupción socava la legitimidad de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia, así como contra el desarrollo integral de los pueblos";

Que los propósitos de la Convención Interamericana contra la Corrupción son promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Parte, de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción, así como promover, facilitar y regular la cooperación entre los Estados Parte a fin de asegurar la eficacia de las medidas y acciones para prevenir, detectar, sancionar y erradicar los actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas y los actos de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio;

Que la Asamblea General, a través de la resolución AG/RES.1477 (XXVII-O/97), adoptó el Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción;

Que la Asamblea General, en su vigésimo octavo período ordinario de sesiones, mediante resolución AG/RES.1552 (XXVIII-O/98) "Fortalecimiento de la probidad en el Hemisferio y seguimiento del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción", convocó al Simposio para el Fortalecimiento de la Probidad en el Hemisferio, el cual se llevó a cabo los días 4, 5 y 6 de noviembre de 1998 en la ciudad de Santiago, Chile y del cual emanaron una serie de conclusiones y recomendaciones;

Que el Comité Jurídico Interamericano, en cumplimiento del encargo formulado por la Asamblea General, elaboró el documento "Legislación Modelo sobre Enriquecimiento Ilícito y Soborno Transnacional" (CP/doc.3146/99), que incluye una guía para el legislador en relación con estas importantes figuras incorporadas a la Convención Interamericana contra la Corrupción.

Que con el fin de apoyar la implementación del la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Secretaría General de la OEA y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), suscribieron un acuerdo de cooperación en fecha 26 de marzo del año en curso, en la Sede de la Organización; y

RECONOCIENDO CON BENEPLÁCITO que la Convención Interamericana contra la Corrupción ha sido ya ratificada por dieciséis Estados Miembros,

RESUELVE:

1. Exhortar a los Estados Miembros que aún no lo hubiesen hecho a que consideren firmar, ratificar o adherirse, según sea el caso, a la Convención Interamericana contra la Corrupción.

2. Agradecer al Comité Jurídico Interamericano la importante contribución que ha realizado a elaborar el documento "Legislación Modelo sobre Enriquecimiento Ilícito y Soborno Transnacional" que será de gran utilidad en las tareas de implementar, dentro de los sistemas jurídicos nacionales, esas figuras incorporadas a la Convención Interamericana contra la Corrupción.

3. Expresar su satisfacción por la suscripción del acuerdo de cooperación entre la Organización y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que apoya sustancialmente la implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción.

4. Encomendar al Consejo Permanente:

a. Que reinicie las labores del Grupo de Trabajo sobre Probidad y Ética Cívica de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, para que efectúe el seguimiento de las actividades que se encuentran incluidas en el Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, así como de las recomendaciones emanadas del Simposio sobre el Fortalecimiento de la Probidad en el Hemisferio, realizado en Santiago, Chile, en noviembre de 1998;

b. Que continúe promoviendo el intercambio de experiencias y de información entre instituciones públicas y organismos internacionales, incluyendo la consideración de los aportes que realicen las instituciones de la sociedad civil, de conformidad con las recomendaciones del Simposio;

c. Que al realizar el seguimiento del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, considere medidas específicas para alentar la ratificación e implementación de la Convención, fortalecer la cooperación y prestar asistencia técnica a los Estados Miembros que lo soliciten, e intercambiar información y experiencias con relación a la implementación de la Convención, tomando en cuenta las conclusiones y recomendaciones del Simposio sobre el Fortalecimiento de la Probidad en el Hemisferio, realizado en Santiago, Chile, en noviembre de 1998; y

d. Que implemente las medidas aprobadas como asunto prioritario, tomando en cuenta el apoyo institucional necesario para su aplicación.

5. Instar a la Secretaría General a:

a. Prestar el apoyo necesario al Consejo Permanente en el cumplimiento de dichas tareas, en particular en lo referente al estudio de las formas de obtener los recursos requeridos para instrumentar las recomendaciones del Simposio, así como para Desarrollar las actividades previstas en el Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, a fin de Fortalecer la capacidad e cooperación de la Organización en esta materia; y

b. Continuar prestando su apoyo técnico al proceso de intercambio de información mencionado en el punto 3(b).

6. Solicitar al Consejo Permanente que presente un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la Asamblea General en su trigésimo período ordinario de sesiones.

  [OAS General Assembly/tracker.htm]