OEA/Ser.P
AG/RES. 1660 (XXIX-O/99)
7 junio 1999
Original: español

OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES AL INFORME ANUAL DE
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS/1

(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 1999,
y pendiente de edición por la Comisión de Estilo)


LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTOS el informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la presentación del Presidente de la Comisión, así como las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente al informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CP/CAJP-1537/99); y

CONSIDERANDO:

Que los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos han proclamado en su Carta constitutiva, como uno de sus principios, el respeto de los derechos fundamentales de la persona humana sin distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo;

Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, creada en la Quinta Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores, celebrada en Santiago, Chile, en 1959, tiene como función principal, de acuerdo con la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, promover la observancia y defensa de los derechos humanos;

Que los Jefes de Estado y de Gobierno expresaron en la Declaración de Principios de la Segunda Cumbre de las Américas, celebrada en Santiago, Chile, en abril de 1998 que "El respeto y promoción de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos los individuos constituye una preocupación primordial de nuestros gobiernos";

Que los Estados Miembros han reafirmado el vínculo indisoluble entre derechos humanos, democracia y desarrollo;

Que los conceptos de universalidad, indivisibilidad e interdependencia, son principios consagrados en los instrumentos internacionales de promoción y protección de los derechos humanos;

Que los principios de buena fe, seguridad jurídica y equidad procesal son elementos esenciales para la promoción y protección de los derechos humanos dentro del sistema interamericano, cuyo fin último es la protección de los derechos humanos; y

Que la aceptación de contribuciones voluntarias por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para atender actuales y nuevos mandatos, iniciativas y propuestas no debe afectar la atención prioritaria que dicho órgano debe conceder a todos los temas que son objeto de relatoría, con cargo a los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos, y de acuerdo con las Normas Generales,

RESUELVE:

1. Tomar nota del informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y agradecer su presentación.

2. Instar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a que continúe promoviendo la observancia y defensa de los derechos humanos, en los términos en que éstos han sido reconocidos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

3. Reconocer el trabajo realizado por la Comisión en este campo; y exhortar a los Estados Miembros a que continúen prestándole su colaboración y apoyo y a que la doten de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos.

4. Expresar su reconocimiento a la Comisión por la consulta realizada a los Estados Miembros de la Organización sobre la reforma de su reglamento y exhortarla a que tome en consideración las observaciones y sugerencias que le han sido transmitidas.

5. Recibir con beneplácito el informe del Consejo Permanente con relación a las observaciones y recomendaciones de los Estados Miembros al Informe Anual de la CIDH y transmitirlo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

6. Alentar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a continuar sus esfuerzos para el perfeccionamiento de los procedimientos relativos a la tramitación de casos individuales, en particular los relativos a la admisibilidad y a la solicitud de medidas cautelares.

7. Alentar a la CIDH a proseguir sus esfuerzos tendientes a asegurar la tramitación de los casos individuales, su conclusión y la notificación correspondiente a las partes, dentro de plazos razonables.

8. Alentar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a agregar a los informes a que se refieren los artículos 50 y 51 de la Convención Americana de Derechos Humanos, cuando las partes interesadas así lo soliciten, las exposiciones verbales y escritas formuladas durante esa etapa de la tramitación de casos individuales.

9. Instar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a que siga prestando atención y tratamiento en igualdad de condiciones a los temas que son objeto de relatorías especiales y otros temas que fueran propuestos por los Estados Miembros.

10. Tomar nota con satisfacción de la creciente utilización del mecanismo de solución amistosa, exhortando a los Estados Miembros y a la CIDH a continuar, dentro de un esquema de colaboración, recurriendo a este mecanismo.

11. Exhortar a los Estados Miembros que no son partes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica", del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador", del Protocolo Adicional Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte "Protocolo de Asunción", y de los siguientes instrumentos interamericanos de promoción y protección de los derechos humanos: la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, "Convención de Belém do Pará", a que den especial y expedita consideración a su firma, ratificación o adhesión, según el caso y de conformidad con sus normas constitucionales y legales, incluyendo aquellos Estados que hubiera denunciado cualquiera de dichos instrumentos.

12. Tomar nota con satisfacción de la disposición de la CIDH de intensificar el diálogo con los órganos políticos de la Organización en torno a los distintos aspectos vinculados con los trabajos de dicha Comisión.

13. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que continúe informando sobre las medidas adoptadas en respuesta a las observaciones y recomendaciones presentadas por el Consejo Permanente a la Asamblea General.

14. Solicitar al Consejo Permanente que informe oportunamente a la Asamblea General sobre el cumplimiento de esta resolución.

[OAS General Assembly/tracker.htm]