La aplicación de la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes de la Cumbre de las Américas

Elaborado por el Departamento de Estado para el Grupo de Revisión de la Implementación de la Cumbre

7 de abril de 2000


Resumen Ejecutivo

Introducción

Actividades de aplicación

Pasos futuros


Resumen Ejecutivo

La aplicación de la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes, un nuevo mandato que surgió de la Cumbre de Santiago de 1998, se ha llevado a cabo de dos maneras principales: a través de las acciones individuales de los países participantes en la Cumbre de las Américas y de las acciones colectivas de esos países en colaboración con organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales. Por experiencia, al promover la aplicación, también ha sido necesario estimular un mayor conocimiento de esta nueva iniciativa. La organización de un esfuerzo coordinado de aplicación se ha enfrentado a un obstáculo válido porque las cuestiones relativas a los trabajadores migrantes abarcan obligaciones múltiples en cada país participante en la Cumbre de las Américas.

La parte principal de este informe es una reseña de las gestiones de aplicación de acuerdo con el texto del plan de acción de la Cumbre de Santiago. A continuación se presentan los puntos más destacados:

Los Estados Unidos, en su calidad de Coordinador Responsable, siguen avanzando en sus esfuerzos para promover la implementación de la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes de la Cumbre de las Américas. Al respecto, el Departamento de Estado, hasta finales del año 2000, fomenta tres actividades interconexas: dos de ellas comprenden los talleres de expertos sobre las "mejores prácticas" y la tercera es un simposio hemisférico sobre la "Migración en las Américas".

Introducción

En la Cumbre de las Américas de 1998 que se celebró en Santiago, Chile, los Jefes de Estado y de Gobierno aprobaron por consenso un Plan de Acción multipartita, incluida una nueva iniciativa que no figuró en la Cumbre de las Américas de Miami en 1994: la promoción de los derechos humanos de los migrantes, en particular los trabajadores migrantes y sus familias. Posteriormente, los Estados Unidos fueron nombrados Coordinador Responsable para aplicar esa iniciativa, con El Salvador y México como Co-coordinadores. Vista en su totalidad, la sección sobre Trabajadores Migrantes del Plan de Acción de la Cumbre de Santiago refleja el compromiso de los Estados Miembros a emprender un número de actividades, tanto generales como específicas. El texto de consenso es el siguiente:

"Los Gobiernos:

Desde 1998, un número de actividades importantes a través de varios medios para promover la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes de la Cumbre han sido realizados por:

Un ejemplo importante de la acción colectiva en curso para abordar las cuestiones e inquietudes pertinentes a los migrantes (incluidos los trabajadores migrantes y sus familias) es la Conferencia Regional sobre Migración (CRM), llamada también el "Proceso de Puebla". Los países afiliados a la CRM son: Belice, Canadá, Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá y la República Dominicana. Argentina, Colombia, Ecuador, Jamaica, Perú, la Organización Internacional para la Migración (OIM), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), a través de su Centro Latinoamericano de Demografía (CELADE), participan también en calidad de observadores. Como se describe en las secciones siguientes de este informe, las gestiones y actividades de la CRM en un número de casos han compartido el mismo objetivo con la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes de la Cumbre de las Américas. Entre los avances más recientes en este marco se encuentra la creación de una Secretaría Virtual, como instrumento innovador para fortalecer la coordinación y la comunicación.

Otro esfuerzo, promovido conjuntamente por México y los Estados Unidos, es la elaboración de un Informe Binacional sobre varios aspectos del movimiento migratorio, con el objetivo de seguir elaborando una evaluación común cualitativa y cuantitativa para que la cooperación sobre esta cuestión sea más eficaz. El informe ha contribuido a un mejor entendimiento de los diferentes aspectos de la migración entre México y los Estados Unidos.

Los esfuerzos para adelantar la aplicación han tenido que incorporar, necesariamente, actividades para promover un mayor conocimiento general de que, con la Cumbre de Santiago, la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes forma ahora parte integral del Plan de Acción y sigue en marcha. La promoción de los derechos humanos de los trabajadores migrantes supone la participación de muchos actores principales en los sectores público y privado de cada país participante de la Cumbre de las Américas y en todo el conjunto de las Américas, lo que presenta un obstáculo adicional para organizar un esfuerzo coordinado de aplicación. Este informe incorpora la información presentada voluntariamente por los países participantes en la Cumbre de las Américas. Esa información es limitada en su ámbito geográfico porque solamente unos pocos Estados respondieron a la solicitud de datos, si bien se invitó a todos los países a que lo hicieran. En vista de que falta más de un año para la próxima Cumbre, el debate sobre la implementación tiene un carácter histórico y previsible, examinando no solamente las actividades que ya han concluido, sino también algunas de las programadas para el resto de este año.

Las actividades de aplicación

I. Reafirman que la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción alguna por motivos de raza, género, idioma, nacionalidad o religión, es una cuestión prioritaria para la comunidad internacional y es responsabilidad de todos los Estados.

Los países participantes en la Cumbre han consagrado, de manera uniforme, esos derechos y libertades fundamentales en sus respectivas leyes y constituciones. Sin embargo, se reconoce la necesidad de asegurar un mayor acceso de los grupos vulnerables, por ejemplo, las trabajadoras migrantes, a los sistemas jurídicos vigentes. En los Estados Unidos, por ejemplo, el Instituto Nacional de Justicia, que es el instituto de investigación y desarrollo adjunto al Departamento de Justicia de los Estados Unidos, otorgó una donación de dos años, a partir de este año, para documentar los factores que precipitan el uso del sistema jurídico en general por las agricultoras migrantes, describir sus experiencias al recurrir al sistema jurídico penal en los casos de violencia doméstica e identificar los recursos disponibles para las mujeres migrantes maltratadas.

En Brasil, el Gobierno realiza una serie de actividades dirigidas a la población de trabajadores migrantes en varios aspectos de la vida brasileña. Como parte del Programa Nacional de Derechos Humanos, se ha propuesto un número de acciones que repercuten sobre los migrantes, entre ellas, combatir la violencia y la discriminación contra los extranjeros en Brasil y las comunidades brasileñas en el extranjero, adoptar políticas para proteger a las comunidades extranjeras en Brasil y reformar la legislación al respecto.

México ha ejecutado programas especiales para fortalecer la protección de los derechos humanos de los migrantes, incluidos los migrantes de Centroamérica, con destino a los Estados Unidos. En este sentido, se han establecido procedimientos específicos para la repatriación segura de los migrantes, especialmente los que no tienen la documentación necesaria.

También se han llevado a cabo acciones colectivas, principalmente dentro del marco de la Conferencia Regional sobre Migración (CRM). Las cinco reuniones de los viceministros y las seis conferencias a nivel técnico han hecho posible que los países de la región intercambien opiniones y experiencias sobre la protección y los derechos humanos de los migrantes, sobre los vínculos entre la migración internacional y los procesos de desarrollo, y sobre la importancia de informar a la opinión pública acerca de los beneficios que los migrantes aportan en el país de origen y los Estados que los reciben.

En 1998, los Estados Unidos auspiciaron un seminario sobre "los Derechos Humanos y los Migrantes" para los miembros de la CRM, lo que constituyó un primer paso útil para identificar las inquietudes relativas a los migrantes, incluidos los trabajadores migrantes y sus familias. En febrero de este año, Canadá y El Salvador patrocinaron, junto con la OIM, un seminario de la CRM sobre "las Mujeres y los Niños Migrantes", en coordinación con las 32 organizaciones de la sociedad civil participantes. Ese seminario tenía un doble objetivo: garantizar que hay una toma de conciencia eficaz sobre el género en todas las actividades de la CRM e identificar los mecanismos de colaboración para impedir la violación de los derechos humanos de todos los migrantes, particularmente de las mujeres y los niños.

Los estados miembros de la CRM también están avanzando con medidas concretas para proporcionar un trato humano a los migrantes indocumentados, entre ellos los trabajadores migrantes indocumentados, que regresan voluntariamente a sus países de origen. La Organización Centroamericana de Administradores de Migración (OCAM) ha propuesto un proyecto para ser emprendido por la OIM, dentro del marco de la CRM, para el retorno por tierra en forma digna, ordenada y protegida de los migrantes centroamericanos, como es el caso, por ejemplo, de los migrantes de El Salvador, Guatemala y Honduras que regresan a sus países pasando por México.

Sin embargo, otras iniciativas conjuntas se han realizado fuera del proceso de la CRM. La conferencia trilateral sobre "La labor de los migrantes agrícolas en América del Norte" se realizó en febrero de este año, con la participación de Canadá, México y los Estados Unidos bajo los auspicios del ACLAN. La conferencia sirvió para estudiar detalladamente las inquietudes de los trabajadores migrantes y los programas nacionales de esos tres países que repercuten sobre ellos; también hubo debates iniciales sobre los ejemplos de las "mejores prácticas" eficaces para plantear esas inquietudes. Asimismo, la conferencia proporcionó, por primera vez dentro del ACLAN, un foro para el intercambio de opiniones entre los representantes del sector público, los dirigentes sindicales, los empleadores y las organizaciones de la sociedad civil interesados en la migración.

En el contexto de MERCOSUR, los presidentes de los países miembros firmaron en diciembre de 1998 la Declaración Social y del Trabajo de MERCOSUR, documento que resume los derechos fundamentales relacionados con el trabajo y los compromisos de los países de la región. En esa declaración, "todos los trabajadores migrantes, sin tener en cuenta su nacionalidad, tienen derecho a la ayuda, información, protección e igualdad de derechos y condiciones de trabajo que se otorgan a los nacionales del país en el que ejercen sus actividades".

II. Cumplirán con los instrumentos internacionales de derechos humanos aplicables y, de conformidad con el ordenamiento jurídico de cada país, garantizarán los derechos humanos de todos los migrantes, incluidos los trabajadores migrantes y sus familias.

De la misma forma, los países participantes en la Cumbre de las Américas han dado pasos activos por su propia cuenta para adaptarse a la dinámica cambiante de la migración. El Salvador actualmente está revisando y actualizando su Ley Migratoria de 1958 para abordar con mayor eficacia las circunstancias actuales. En noviembre de 1999, Brasil estableció el "Grupo de Trabajo sobre Migración Internacional", vinculado al Comité Nacional sobre Población y Desarrollo (CNPD). Ese grupo de trabajo reúne a los representantes del sector público, investigadores y miembros de la sociedad civil para que sirvan de punto de referencia y apoyo a los organismos gubernamentales y los grupos de acción social que se dedican a cuestiones de migración internacional, incluidos los que tratan de cuestiones laborales.

El 14 de diciembre de 1998, México ratificó la "Convención Internacional sobre la Protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y sus familias". (Colombia la ratificó en mayo de 1995.) Esa cuestión la siguen estudiando varios otros países del Hemisferio.

En febrero de este año, los Estados Unidos depositaron los instrumentos de ratificación para la Convención 182 de la OIT, "Concerniente a la prohibición y acción inmediata para la eliminación de las peores formas del trabajo de menores".

III. Velarán por el pleno cumplimiento y protección de los derechos humanos de todos los migrantes, incluidos los trabajadores migrantes y sus familias, y adoptarán medidas efectivas, entre ellas el fortalecimiento de la conciencia pública, para impedir y erradicar violaciones a los derechos humanos y eliminar todas las formas de discriminación contra ellos, particularmente la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia conexa.

Los países participantes en la Cumbre de las Américas de manera uniforme han incorporado disposiciones en sus leyes y constituciones para plantear esas inquietudes, complementadas por programas gubernamentales. Argentina, para dar solo un ejemplo, ha elaborado campañas informativas y de concientización pública sobre los derechos de los trabajadores migrantes a través de su Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, para oponerse a cualquier actitud xenófoba de la sociedad en general. En los Estados Unidos, la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo (EEOC) publicó una guía de aplicación de las leyes en noviembre del año pasado donde enmendaba su postura sobre los recursos disponibles a los trabajadores no autorizados conforme a las leyes federales de discriminación en el empleo. De acuerdo con esa nueva guía, la EEOC ha decidido que los trabajadores no autorizados tienen derecho a daños y perjuicios como indemnización por el incumplimiento en el pago de sueldos atrasados o medidas de represalia del empleador, lo que está prohibido conforme a las leyes de los Estados Unidos contra la discriminación.

Dentro de la CRM, los países miembros también han reafirmado su compromiso a plantear esta cuestión colectivamente. En su quinta reunión anual que concluyó el mes pasado, los viceministros incluyeron el siguiente principio como parte de su Declaración sobre el Fortalecimiento de la Conferencia Regional sobre Migración (el Proceso de Puebla):

"Reafirmamos nuestro respeto a la dignidad de todos los migrantes y condenamos y nos esforzaremos por eliminar las violaciones de los derechos humanos de los migrantes y refugiados, sin tener en cuenta su condición de inmigración. Al respecto, procuraremos cumplir con las normas y los acuerdos internacionales pertinentes. Seguiremos combatiendo las actitudes antiinmigrantes, la discriminación y los abusos contra los migrantes y sus familias."

IV. Reafirman el derecho soberano de cada Estado a formular y aplicar su propio marco jurídico y políticas migratorias, incluido el otorgamiento de permisos a los migrantes para entrar, permanecer o ejercer una actividad económica, de conformidad plena con los instrumentos internacionales aplicables sobre los derechos humanos y en un espíritu de cooperación.

Para reconocer debidamente la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes de la Cumbre, Argentina, Bolivia y Perú concertaron acuerdos oficiales, que entraron en vigencia en 1999, y que otorgaban derechos y libertades a los trabajadores migrantes bolivianos y peruanos y sus familias que residen lícitamente en Argentina. Esos acuerdos disponen específicamente lo siguiente:

Con miras a incorporar a los inmigrantes al sistema de protección jurídica y la sociedad brasileña, el Gobierno de Brasil lanzó una campaña para legalizar la condición de los extranjeros, incluidos los trabajadores migrantes, que se encuentren en Brasil ilegalmente. Conforme a ese sistema, el Ministerio del Trabajo y del Empleo ha expedido visas con permisos de trabajo, medida que beneficia a miles de trabajadores y sus familias. Con respecto a las leyes laborales, el Gobierno de Brasil también está ampliando sus esfuerzos para mejorar los reglamentos que rigen la concesión de permisos de trabajo a los extranjeros mediante la armonización, agilización y simplificación de los trámites y requisitos administrativos. Una consecuencia importante de esa gestión fue la publicación del folleto, "Permisos de trabajo para los extranjeros", que además de servir de guía, aclara los derechos y las obligaciones de los trabajadores migrantes.

Después de los efectos devastadores del Huracán Mitch en Centroamérica en 1998, el Gobierno de Costa Rica decretó una amnistía para los inmigrantes centroamericanos en una situación irregular. Durante un período de registro de seis meses, de febrero a julio de 1999, más de 160.000 de esos inmigrantes, de los cuales el 97% eran nicaragüenses, solicitaron la normalización de su condición. La OIM colaboró con el Gobierno de Costa Rica en la elaboración y aplicación de la Amnistía, que se acompañó con una campaña de información pública aplicada por la OIM con financiamiento proporcionado por los Estados Unidos.

Todos los trabajadores de Guyana, ya sean nacionales o migrantes, están protegidos por las leyes laborales del país contra el maltrato y la explotación. Los empleadores de trabajadores migrantes tienen que solicitar permisos de trabajo y esas solicitudes las decide según el caso un comité a nivel ejecutivo integrado por el Secretario Permanente, el Ministerio del Interior, el Jefe Ejecutivo de Contratación y Empleo, y el Jefe Ejecutivo del Trabajo o sus respectivos representantes.

Según se describe en el documento que presentó voluntariamente, El Salvador, para acatar asimismo el principio de la no discriminación, expide permisos a través de su Ministerio del Interior a los migrantes según el caso, permitiéndoles entrar y permanecer en el país y trabajar para recibir sueldo. El Salvador también ha establecido una Oficina Central de Extranjeros en su Dirección General de Migración a fin de prestar un servicio más rápido y eficaz.

En 1998, el Gobierno de México inició el "Programa de Incorporación Definitiva" para 20.000 refugiados guatelmatecos que decidieron permanecer en el país en lugar de regresar voluntariamente a su país. La iniciativa se lleva a cabo bajo los auspicios de la Comisión Mexicana de Asistencia para los Refugiados (COMAR), con el apoyo del Alto Comisionado para los Refugiados de las Naciones Unidas y la Comisión Pública Especial de Asistencia a los Refugiados (CEAR) de Guatemala. El programa, que dura 5 años, permite a los ciudadanos guatemaltecos permanecer como migrantes lícitos e incluye la posibilidad de adquirir la nacionalidad mexicana.

Por su parte, los Estados Unidos están dando pasos para agilizar y facilitar los trámites de su programa de visas H-2 para los no inmigrantes, conforme al cual miles de trabajadores migrantes agrícolas (H-2A) y no agrícolas solicitan anualmente visas para trabajo provisional. Se están consolidando las funciones en el proceso de aprobación de las solicitudes para que los trabajadores y empleadores tengan interés en colaborar con el sistema. Por lo general, esos programas de "trabajadores huéspedes" temporales protegen firmemente a los trabajadores extranjeros admitidos lícitamente para trabajar en los Estados Unidos y, en casi todos los casos, las leyes laborales estadounidenses se aplican a esos trabajadores de la misma forma que a los trabajadores nacionales. Conforme al programa H2-A, se otorga una protección especial a los trabajadores extranjeros temporales en las granjas estadounidenses, y a cualquier trabajador estadounidense empleado por un empleador de los Estados Unidos que patrocine a los trabajadores del programa H2-A. Esa protección especial comprende:

Con respecto a los esfuerzos colectivos, se concluyó un estudio comparativo de legislación laboral y migratoria dentro del marco de la CRM como un aliciente para lograr una mayor armonización entre los países miembros del grupo.

V. Velarán por el pleno respeto y cumplimiento de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, particularmente en lo que se refiere al derecho que tienen los nacionales, sin importar su condición migratoria, a comunicarse con un funcionario consular de su Estado en caso de ser detenidos.

Los países de todo el Hemisferio siguen centrando su atención en esta cuestión mediante acciones individuales y colectivas. De acuerdo con una solicitud de México (junto con El Salvador, Costa Rica, Guatemala, Honduras, Paraguay y la República Dominicana) y con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) actuando como amicus curiae, el Tribunal Interamericano de Derechos Humanos dictó una Opinión Consultiva (OC-16) en octubre del año pasado. Esa solicitud también fue apoyada por varias organizaciones internacionales de derechos humanos. Entre las decisiones no vinculantes del Tribunal Interamericano está la propuesta de que se debe informar a los nacionales extranjeros que pueden solicitar asistencia consultar antes de emitir cualquier declaración y que no se puede ejecutar la sentencia de muerte en ningún caso si no se haya proporcionado la notificación consular. Los Estados Unidos tienen salvedades con respecto a esas propuestas y otras de las decisiones asesoras del Tribunal Interamericano.

Los países participantes en la Cumbre de las Américas, según se destacó en el documento presentado voluntariamente por Canadá y El Salvador, realizaron actividades generales para mejorar la observancia estricta de las disposiciones de la convención. En México, una legislación federal ha estado vigente mucho antes de la solicitud al Tribunal Interamericano, que estipula la notificación automática a la embajada o consulado correspondiente cada vez que un nacional extranjero va a ser sometido a un procedimiento penal.

Los Estados Unidos apoyan firmemente el mejor cumplimiento, por parte de las naciones del Hemisferio Occidental, de las disposiciones de notificación y acceso consular de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares o los acuerdos consulares bilaterales. Si bien opinamos que se puede mejorar el rendimiento en todo el Hemisferio, también estamos convencidos de que ahora hay más información acerca de las disposiciones de acceso y notificación consular que en el pasado. El Gobierno de los Estados Unidos ha trabajado con diligencia para mejorar su cumplimiento de los requisitos de acceso y notificación consular, a pesar de nuestros desacuerdos sobre la interpretación de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. No obstante esta última, los Estados Unidos adoptan la postura de que todos los nacionales extranjeros tienen derecho a acceso y notificación consular, sin tener en cuenta su visa o condición de inmigración en los Estados Unidos. Por lo tanto, los extranjeros "ilegales" tienen los mismos derechos a la asistencia consular que los extranjeros "legales". Para los fines de la notificación consular, no hay que averiguar si la persona se encuentra lícitamente en los Estados Unidos. El Departamento de Estado de los Estados Unidos ha emprendido una gran variedad de actividades de extensión para mejorar la información general en los Estados Unidos acerca de los requisitos de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y los diversos acuerdos bilaterales. Entre las más importantes se encuentran las siguientes:

Además de las actividades que han emprendido individualmente, los países participantes en el proceso de la CRM se han dedicado colectivamente a un número de acciones concretas al respecto, por ejemplo, distribuyeron ampliamente el material informativo acerca de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares a las autoridades pertinentes de sus respectivos gobiernos, así como a las misiones diplomáticas residentes y oficinas consulares extranjeras; más aun, en julio del año pasado, un seminario de la CRM en Guatemala permitió el intercambio de experiencias sobre la cuestión de protección y asistencia consular, así como el establecimiento de una red de funcionarios consulares para coordinar las actividades de protección y asistencia.

VI. Protegerán los derechos de todos los trabajadores migrantes y sus familias, de conformidad con el ordenamiento jurídico de cada país, adoptando medidas, en caso que no hubieran, para:

1) proporcionar, con respecto a las condiciones laborales, la misma protección jurídica otorgada a los trabajadores nacionales;

Como se destacó en el documento presentado voluntariamente, el sistema de inspección laboral de Brasil ha reafirmado su presencia en el sector de los trabajadores migrantes, centrándose especialmente en la protección de los más vulnerables en el mercado del trabajo y la eliminación del trato degradante, el trabajo de menores y la contravención de otros reglamentos laborales.

Canadá colabora estrechamente con el sector público de México y el Caribe en la cuestión de los trabajadores agrícolas migrantes contratados para trabajar en las granjas canadienses. Dos programas rigen el movimiento de esos trabajadores, uno abarca al Caribe y el otro a México. Conforme a esos acuerdos, se garantizan los derechos fundamentales de los trabajadores, por ejemplo, las tasas prescritas de salarios parecidos a los que se ofrecen a los canadienses que realizan el mismo trabajo, así como el cuidado médico. En las reuniones anuales todas las partes evalúan cada programa y solucionan las cuestiones que pueden surgir. Los funcionarios del gobierno canadiense también se aseguran activamente de que todas las partes, incluidos los agricultores, acatan las leyes canadienses.

En San Cristóbal y Nevis, los inspectores del Departamento del Trabajo realizan inspecciones periódicas en los sitios agrícolas, entran en ellos libremente y conversan con los trabajadores en privado si éstos así lo desean. Los contratos de empleo de los trabajadores migrantes les da derecho a los mismos salarios y beneficios que los trabajadores nacionales.

La protección de los trabajadores en los Estados Unidos es una obligación que comparten el gobierno federal y los gobiernos estatales. Las protecciones jurídicas otorgadas a los trabajadores migrantes transnacionales, tanto a nivel federal como estatal, son esencialmente las mismas que se otorgan a los trabajadores nacionales. Sin embargo, en reconocimiento de la vulnerabilidad especial de algunos trabajadores migrantes, por ejemplo, los trabajadores agrícolas, hay leyes que ofrecen una protección especial que trasciende las otorgadas a otros trabajadores, sin tener en cuenta si los migrantes son nacionales o transnacionales. Algunas de esas leyes, como el seguro de desempleo administrado por los Estados, pueden ser pertinentes según la duración del empleo (incluido con un solo empleador) y por tanto proporcionan menos protección a algunos trabajadores migrantes, nacionales o transnacionales, que a otros trabajadores a largo plazo.

Los Estados Unidos tienen una ley nacional que estipula el pago de un salario mínimo y un pago mínimo por sobretiempo, y reglamenta el trabajo de menores: la Ley de Normas Laborales Justas (Fair Labor Standards Act). Algunos Estados disponen un salario mínimo más alto y tienen leyes más rigurosas que protegen a los trabajadores jóvenes.

La Ley Federal de Protección a los Trabajadores Migrantes y Agrícolas Estacionales dispone las siguientes protecciones especiales para los trabajadores migrantes y agrícolas estacionales, ya sean nacionales o transnacionales:

En consideración de las protecciones especiales otorgadas conforme al programa H-2A, la Ley de Protección de los Trabajadores Migrantes y Agrícolas Estacionales no se aplica a estos trabajadores, si bien otras leyes federales de protección en el lugar de trabajo, como la Ley de Normas Laborales Justas, sí son pertinentes. Algunos Estados, y muchos de los que emplean un gran número de trabajadores agrícolas migrantes, tienen leyes parecidas y en algunos casos más estrictas, que reglamentan a los contratistas de trabajo agrícola (por ejemplo, mediante el requisito de fianzas) o a los trabajadores agrícolas migrantes.

Las leyes federales de protección laboral se aplican, por lo general, sin tener en cuenta la condición migratoria del trabajador. No importa si el trabajador tiene permiso jurídico para trabajar en los Estados Unidos o no; las leyes son pertinentes y establecen requisitos mínimos que debe acatar el empleador. Eso no sucede en el caso de las leyes, como el seguro de desempleo, que proporcionan beneficios específicos a los trabajadores.

De la misma manera, si bien los Estados Unidos tienen programas especiales dirigidos a mejorar la salud, vivienda y educación de los trabajadores agrícolas migrantes, el derecho a participar en la mayoría de los programas de "redes protectoras" está limitado a los inmigrantes lícitos.

El grupo más grande de trabajadores migrantes transnacionales en los Estados Unidos trabaja en el sector agrícola (se calcula que hay unos 600.000 trabajadores, en su mayoría procedentes de México). El Gobierno de los Estados Unidos, a través del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos, ha tomado medidas enérgicas para asegurar el cumplimiento de las normas laborales, incluidas la protección y recuperación de salarios, con respecto a los trabajadores agrícolas nacionales y transnacionales. Esos pasos comprenden:

Como se mencionó antes, el ACLAN tiene como objetivo mejorar las condiciones de trabajo y el nivel de vida en tres países, Canadá, México y los Estados Unidos. El enfoque preferido por el ACLAN para lograr ese objetivo es a través de la cooperación: intercambios de información, asistencia técnica y consultas. El Acuerdo también proporciona mecanismos de supervisión para asegurar que las leyes laborales se cumplen en los tres países. El Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN) requiere que cada uno de los gobiernos mantenga una Oficina Administrativa Nacional (OAN) dentro del Departamento o Ministerio del Trabajo. Las OAN sirven de punto de contacto y fuentes de información entre ellas mismas y con otras entidades públicas. Reciben comunicaciones públicas (o indagaciones) sobre cuestiones de derecho del trabajo que surgen en otro país del TLCAN y responden a ellas. Cada OAN establece sus propios procedimientos nacionales. De acuerdo con esos procedimientos, los países revisan las cuestiones de derecho laboral que se presenten mutuamente las OAN. Además de esas revisiones, cualquier asunto dentro del ámbito del Acuerdo podrá ser el tema de consultas ministeriales, cuyo objetivo es solucionar cuestiones mediante la cooperación. El ámbito del ACLAN incluye el trato de los trabajadores migrantes. El Acuerdo obliga a cada país a: asegurar que sus leyes y reglamentos laborales disponen normas de trabajo elevadas y seguir esforzándose por mejorar esas normas; promover el cumplimiento de su derecho laboral mediante las acciones pertinentes del gobierno y hacerlo cumplir eficazmente; asegurar que las personas con un interés reconocido jurídicamente tienen acceso a los tribunales administrativos, judiciales, cuasijudiciales o laborales para el cumplimiento de su derecho laboral y que los procedimientos para ese cumplimiento son justos, equitativos y transparentes; y asegurar que sus leyes y reglamentos laborales se publiquen prontamente o se pongan de otro modo a la disposición del público y promover la información al público de sus leyes laborales.

2) facilitar, cuando proceda, el pago de los salarios completos adeudados a los trabajadores que hayan regresado a sus países, y permitirles gestionar el traslado de sus efectos personales;

Como se observó en el documento presentado voluntariamente por Guyana, todos los trabajadores tienen el derecho a recuperar los salarios adeudados; no hay restricciones al intercambio de divisas.

En los Estados Unidos, el Departamento del Trabajo, a través de sus actividades de cumplimiento laboral, recauda los "salarios atrasados" de los trabajadores agrícolas pagados indebidamente (aproximadamente 2 millones de dólares en el ejercicio económico de 1998) y procura asegurar que esos fondos sean recibidos por los trabajadores a quienes se les adeuda, incluso a través de un enlace con los consulados mexicanos ubicados en los Estados Unidos. El Departamento del Trabajo también ha establecido vínculos con el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) en un esfuerzo por asegurar que los trabajadores no autorizados no se desalienten de reclamar al Departamento del Trabajo las prácticas laborales ilícitas y asegurar que los trabajadores no autorizados que sean detenidos y repatriados por el INS sean remunerados debidamente por cualquier trabajo realizado en los Estados Unidos.

México tiene 42 consulados en los Estados Unidos que apoyan a los nacionales mexicanos. La protección de los derechos e intereses de los ciudadanos mexicanos en el extranjero comprende las cuestiones migratorias, laborales, penales, judiciales y administrativas. Ese apoyo incluye, por ejemplo, el suministro de información sobre la repatriación de menores y personas enfermas, las visitas a los centros de detención, la ayuda para obtener salarios devengados y la representación jurídica. México ha emprendido una campaña de información sobre el costo de enviar dinero a través de diferentes empresas.

3) reconocer los derechos de ciudadanía y nacionalidad de los hijos de todos los trabajadores migrantes que puedan tener derecho a los mismos, y todo otro derecho que ellos puedan tener en cada país;

Las bases para adquirir la ciudadanía se definen en las constituciones y leyes respectivas sobre la ciudadanía de cada país participante en la Cumbre de las Américas, especificando si es pertinente el principio de jus soli o el de jus sanguinis.

De conformidad con la 14º Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, por ejemplo, toda persona nacida en los Estados Unidos y sujeta a su jurisdicción es ciudadana estadounidense, sin tener en cuenta la condición de sus padres. La única salvedad a este principio de jus soli serían los hijos de personas que tengan inmunidad diplomática en los Estados Unidos. Puesto que estas últimas no "están sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos", sus hijos no son ciudadanos estadounidenses. Los hijos estadounidenses de los trabajadores migrantes, tanto "legales como ilegales", tienen derecho a la ciudadanía estadounidense, como lo demuestra el certificado de nacimiento expedido por el Estado de nacimiento.

El Gobierno de México ha promovido una iniciativa que permite a los nacionales mexicanos de nacimiento, adoptar otra nacionalidad sin perder su nacionalidad mexicana. Ello permite a los mexicanos que viven en el extranjero la posibilidad de adquirir los mismos derechos que los nacionales del país anfitrión.

4) fomentar la negociación de acuerdos bilaterales o multilaterales, relacionados con el retorno de los beneficios de seguridad social devengados por los trabajadores migrantes;

Como parte de la política nacional para promover los derechos humanos fundamentales, el Gobierno de Brasil otorga una gran importancia a los acuerdos bilaterales de seguridad social y ha concertado acuerdos con sus siguientes homólogos hemisféricos: Argentina, Uruguay, Chile y Paraguay. Esos acuerdos tratan de garantizar los derechos de la seguridad social consagrados en las leyes de los países signatarios para los trabajadores y sus dependientes jurídicos que sean residentes del otro país o se encuentren en tránsito fuera del país de origen. Otro instrumento importante para proteger a los trabajadores de los países de MERCOSUR es el "Acuerdo de Seguridad Social Multilateral de MERCOSUR", complementado por un reglamento administrativo que trata de asegurar que todos los trabajadores fuera de su país de origen y sus dependientes disfrutan de los mismos derechos y beneficios de la seguridad social que los garantizados a los nacionales.

El acuerdo firmado entre El Salvador y México dispone el trato médico de urgencia a los nacionales cubiertos de los dos países.

Guyana no forma parte de ningún acuerdo internacional de seguridad social pero ha firmado y ratificado el Acuerdo de Seguridad Social de CARICOM.

En San Cristóbal y Nevis, los trabajadores migrantes son miembros del plan de Seguridad Social que garantiza la indemnización de los trabajadores lesionados. Más aun, se deducen cuotas de sus salarios para asegurar que no haya pérdida de los beneficios de seguridad social del país anfitrión de los trabajadores migrantes.

En los Estados Unidos, la Administración para la Seguridad Social (SSA) sigue buscando acuerdos para mejorar la coordinación de los derechos a los beneficios de la Seguridad Social y las obligaciones de contribuir a la misma para los trabajadores migrantes. Esos acuerdos bilaterales de Seguridad Social eliminan la doble cobertura y tributación de seguridad social, y ayudan a llenar las lagunas en la protección de los trabajadores que ejercen su profesión en los Estados Unidos y otros países. En el Hemisferio Occidental, ya existe un acuerdo con Canadá. En años recientes, ha cambiado el enfoque geográfico de las negociaciones de los acuerdos de la SSA y América Latina es ahora la zona que recibe atención especial. Después de la visita de estado del Presidente Clinton a Chile luego de la Cumbre de las Américas en abril de 1998, los dos países iniciaron negociaciones y posteriormente concluyeron con éxito la labor sobre el acuerdo de Seguridad Social entre Chile y los Estados Unidos, que se prevé entrará en vigor a comienzos de 2001. Ya han comenzado las conversaciones con Argentina y la SSA espera que se puedan comenzar negociaciones sobre acuerdos con otros países latinoamericanos en los próximos años.

Además de los acuerdos generales de Seguridad Social descritos anteriormente, la SSA también ha concertado acuerdos bilaterales menos formales con un número de países del Hemisferio Occidental para asegurar la exportación sin restricciones de los beneficios de Seguridad Social de cada país a los ciudadanos de otro país. Como resultado, los Estados Unidos exportan beneficios de jubilación y discapacidad a ciudadanos de los siguientes países del Hemisferio Occidental: Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Guyana, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana, San Cristóbal y Nevis, Santa Lucía, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela. Además, las leyes estadounidenses permiten que se exporten los beneficios a ciudadanos de países que no tengan un sistema generalmente pertinente de seguro o jubilación cuando el trabajador vivió en los Estados Unidos al menos 10 años o tiene 40 trimestres de cobertura de la Seguridad Social. Conforme a esta disposición, actualmente se exportan beneficios a ciudadanos de tres países del Hemisferio Occidental: Haití, Honduras y San Vicente y las Granadinas.

5) proteger a todos los trabajadores migrantes y sus familias, mediante el cumplimiento de la ley y campañas informativas, para evitar que sean víctimas de la explotación y el abuso por causa del tráfico ilícito de personas;

Las inquietudes que han surgido acerca de los peligros y efectos del contrabando de extranjero han dado lugar a que los participantes en la Cumbre de las Américas tomen medidas en diversos campos, incluida la legislación y los asuntos públicos. A fin de asistir a los gobiernos extranjeros en la elaboración y aprobación de leyes más estrictas contra el contrabando, incluida la tipificación como delito de dicha actividad, el Departamento de Estado de los Estados Unidos compartió con ellos la legislación modelo elaborada con ese fin. Los países como Panamá, Guatemala, El Salvador, Perú y Nicaragua posteriormente aprobaron o tienen pendientes una legislación contra el contrabando de extranjeros siguiendo ese modelo. Colombia y Venezuela también han utilizado la legislación modelo con el fin de orientar los esfuerzos para fortalecer sus leyes de inmigración.

En un esfuerzo coordinado en el que participan varios departamentos y entidades del gobierno federal, los Estados Unidos han iniciado una campaña de información pública contra el contrabando de extranjeros para informar a las audiencias centroamericanas y regionales acerca de las políticas de inmigración de los Estados Unidos y el peligro de inmigrar ilícitamente a los Estados Unidos. La campaña de los medios de comunicación incluye mensajes por radio y televisión en español dirigidas a las poblaciones previstas. Los mensajes se adaptarán a cada país prestando una atención cuidadosa a la forma como se transmiten. Los Estados Unidos también han ampliado su notificación sobre el tráfico de extranjeros en los Informes Anuales sobre las Prácticas de Derechos Humanos de los países. En los Estados Unidos, la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia estableció una línea telefónica para llamadas sobre querellas sobre la explotación de los trabajadores con el fin de asistir a las víctimas del tráfico de extranjeros.

México ha emprendido una campaña de información sobre los riesgos de la migración ilegal, particularmente sobre el tráfico de migrantes. La estrategia nacional de México también prevé la intervención de grupos especiales (Grupos Beta) y varios acuerdos de cooperación bilaterales con los Estados Unidos para combatir esa actividad ilícita.

Los esfuerzos para combatir el contrabando y tráfico de extranjeros son una parte integral e importante del Plan de Acción de la CRM, uno de los varios elementos que comparte con la iniciativa sobre los trabajadores migrantes de la Cumbre. Los países miembros de la CRM han participado activamente en varios esfuerzos colectivos:

6) impedir el abuso y maltrato de los trabajadores migrantes por parte de empleadores o de las autoridades encargadas de la aplicación de la política migratoria y el control de las fronteras;

Según se describe en el documento que presentó voluntariamente, El Salvador está modernizando y computarizando sus instalaciones fronterizas para agilizar los trámites de entrada y salida, y facilitar la comunicación entre los puestos fronterizos y las oficinas centrales.

En los Estados Unidos, el Presidente estableció el Grupo para Cuestiones de Explotación de los Trabajadores (WETF) en 1998, integrado por representantes de la Oficina del Fiscal General de los Estados Unidos, la División de Derechos Civiles, la Oficina de la Violencia contra las Mujeres, la Oficina para las Víctimas de Delitos y la Oficina de Formulación de Políticas del Departamento de Justicia, el Departamento de Estado de los Estados Unidos, el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, la Oficina Federal de Investigaciones y el Servicio de Inmigración y Naturalización. La misión principal del WETF consiste en descubrir y enjuiciar penalmente los peores casos de abusos relacionados con el empleo, incluida la esclavitud y el uso de peones. Muchos de esos abusos ocurren en las industrias, por ejemplo, la agricultura y la fabricación de ropa, que tienen un alto porcentaje de inmigrantes en su fuerza de trabajo, incluidos los migrantes. Otras violaciones conciernen a los inmigrantes que se trafican para la prostitución.

Una inquietud importante y continua es el número cada vez mayor de personas que mueren por exposición a los elementos y otras causas cuando tratan de cruzar ilícitamente la frontera entre México y los Estados Unidos. En 1998, México y los Estados Unidos anunciaron conjuntamente la Iniciativa sobre la Seguridad Fronteriza (BSI) con el objeto de poner fin a ese terrible fenónemo. Algunas de las medidas aplicadas conforme a la BSI son las siguientes:

Dentro del marco del Grupo de Trabajo sobre Migración y Asuntos Consulares de la Comisión Binacional México-Estados Unidos, los dos países expresaron su resolución de tomar medidas adicionales en sus propios territorios y de aumentar los esfuerzos cooperaivos para que cesen las muertes. México y los Estados Unidos firmaron en febrero de 1999 un Memorándum de Entendimiento sobre la violencia fronteriza en el que los dos países se comprometen a mejorar las comunicaciones y la colaboración entre las autoridades policiales estadounidenses y los cónsules mexicanos a lo largo de la frontera. Los detalles de la aplicación se están debatiendo en negociaciones bilaterales. Con el objetivo de asegurar los derechos de los migrantes, las autoridades estadounidenses recientemente enjuiciaron y lograron la condena de al menos dos funcionarios policiales que habían sido acusados de abusar de los migrantes.

7) alentar y promover el respeto de la identidad cultural de todos los migrantes.

En El Salvador, el Ministerio del Interior ha extendido la personería jurídica a varias asociaciones formadas por los nacionales extranjeros y sus descendientes, con el fin de conservar las costumbres y la identidad cultural de varios grupos en la sociedad salvadoreña.

La diversidad cultural en Canadá proviene de los ciudadanos y residentes con orígenes en otras partes del mundo. Por lo tanto, la política cultural del gobierno canadiense se basa en el principio de respeto a la diversidad cultural. Las instituciones culturales de Canadá, por ejemplo, la Canadian Broadcasting Corporation (CBC) (Corporación de Radiodifusión Canadiense), el Canada Council (Consejo de Canadá) y la National Film Board (Junta Cinematográfica Nacional) han dado pasos para asegurar que la diversidad, incluida la experiencia de los migrantes, se refleje en los programas y actividades. A través de ese espectro amplio de instituciones culturales, Canadá ha establecido varias iniciativas generales que alientan y fomentan el respeto a la identidad cultural de los migrantes. Esas políticas tienen sus bases legislativas en la Ley de Multiculturalismo y la Ley de Radiodifusión.

En los Estados Unidos, un país que tiene una alta diversidad parecida en términos de su composición y tradiciones culturales, los gobiernos a nivel federal, estatal y municipal, así como las asociaciones comunitarias nacionales y locales, realizan una gran variedad de actividades con el propósito de promover el respeto a la identidad cultural de los migrantes. Esas actividades puedan asumir formas que trascienden las celebraciones culturales tradicionales. Para citar sólo un ejemplo de otras acciones a nivel local, las comunidades se han autoorganizado para declarar zonas "libres de odio" como un medio para estimular la información sobre la diversidad cultural; en otros casos, las organizaciones minoritarias han elaborado programas que invitan una mayor interacción de las autoridades públicas, incluidos los funcionarios policiales, en los programas de información cultural.

VII. Apoyarán las actividades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con respecto a la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, particularmente por medio del Relator Especial para Trabajadores Migrantes.

Reconociendo la importancia que la Organización de los Estados Americanos (OEA) y los países del Hemisferio Occidental han dado a los trabajadores migrantes dentro del temario hemisférico, particularmente desde la Cumbre de Santiago, la CIDH y el Relator Especial han emprendido varias actividades que repercuten directamente en la aplicación de la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes de la Cumbre. En cada caso, el apoyo de los países participantes en la Cumbre ha sido un factor importante.

Con el objeto de elaborar un estudio sobre la situación de los trabajadores migrantes y sus familias en el hemisferio desde la perspectiva de los derechos humanos, la CIDH y el Relator Especial prepararon y distribuyeron a los países miembros de la OEA un cuestionario completo para obtener información sobre las prácticas de derechos vigentes y jurídicas. Hasta la fecha, los siguientes países han respondido en diferentes medidas: Brasil, Canadá, Colombia, Chile, Dominica, Ecuador, Guatemala, Granada, Honduras, México, Santa Lucía, Trinidad y Tabago, Venezuela y los Estados Unidos. En vista del número limitado de documentos recibidos (menos de la mitad de los miembros de la OEA), la CIDH ha prorrogado el plazo para recibir otras respuestas. La CIDH envió un cuestionario parecido a varias ONG dedicadas a cuestiones migratorias; hasta la fecha, la Academia Mexicana de Derechos Humanos es la única que ha respondido. Como Coordinador Responsable de la Iniciativa, los Estados Unidos desearían instar a todos los países participantes en la Cumbre a que apoyen este esfuerzo.

Guatemala y los Estados Unidos prestaron asistencia a la CIDH y al Relator Especial para sus visitas en el terreno en 1998 y 1999 con el fin de obtener información y conocimientos de primera mano sobre las situaciones experimentadas por los trabajadores migrantes en esos países. Mientras se encontraban allí, las misiones visitantes tuvieron la oportunidad de reunirse con funcionarios públicos así como con representantes de las ONG y de la sociedad civil. La CIDH publicó también en 1999 su "Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República Dominicana", que analizó en particular la situación de los trabajadores migrantes haitianos y sus familias en ese país.

Para apoyar las actividades de la CIDH y del Relator Especial, México en 1999 aportó US$50.000 al fondo voluntario establecido por la Comisión con ese fin.

En el marco de la CRM, los países miembros han acogido la participación de la CIDH en varios seminarios que tratan de las cuestiones de derechos humanos pertinentes a los migrantes y los trabajadores migrantes. Más aun, reconociendo la misión importante de la Comisión en la promoción de los derechos de los trabajadores migrantes, los países miemros aprobaron la solicitud de la Comisión de disfrutar de la Condición de Observadora en la Quinta Reunión Anual de los Viceministros de la CRM que se celebró el mes pasado.

Pasos futuros

En su carácter de Coordinador Responsable, los Estados Unidos siguen avanzando en sus esfuerzos para promover la aplicación de la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes de la Cumbre de las Américas. Con miras al futuro, el Departamento de Estado de los Estados Unidos promueve tres actividades interrelacionadas en cooperación con el Proyecto de Diálogo Migratorio basado en los Estados Unidos, la OIM y la CEPAL/CELADE para el resto del año 2000.

1. Taller de expertos estadounidenses sobre las mejores prácticas. Este taller e durará dos días y se celebrará en Sacramento, California, a finales de abril. Tiene por objetivo reunir a un grupo de cuarenta expertos estadounidenses de varios sectores (público, privado, defensores de causas, migrantes, trabajadores, ONG) a fin de elaborar una serie propuesta de "mejores prácticas" para aplicar, en los Estados Unidos, los puntos especificados en el Plan de Acción de la Cumbre de las Américas. Luego, esas mejores prácticas pueden divulgarse con mayor amplitud a nivel nacional (y posiblemente internacional).

2. Taller de expertos internacionales sobre las mejores prácticas. El Departamento de Estado de los Estados Unidos y la OIM tienen previsto organizar y celebrar un taller complementario para los expertos del Hemisferio Occidental en junio en la sede de la CEPAL/CELADE en Santiago, Chile. Su objetivo consistirá en debatir y elaborar una serie de "mejores prácticas" propuestas para su posible aplicación en el Hemisferio al poner en ejecución la sección sobre los trabajadores migrantes del Plan de Acción de la Cumbre de las Américas. En este caso, la participación de la OIM es más directa: funcionar como organizadora principal del acontecimiento, proporcionar asistencia en la selección de los expertos, orientar los debates del taller y publicar un informe después de la acción que contenga las "mejores prácticas" propuestas. La OIM está avanzando en la concertación de un acuerdo cooperativo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Una vez formalizado ese acuerdo, el Departamento de Estado y la OIM dispondrán de los medios para aprovechar el asesoramiento técnico de la CIDH para ese proyecto. Ello representaría un beneficio adicional puesto que la cooperación con la CIDH es un elemento específico del Plan de Acción. El Departamento de Estado, entonces, procurará la asistencia facilitadora de la OIM, la Oficina de Seguimiento de la Cumbre de la OEA y la Conferencia Regional sobre Migración (CRM) para divulgar esa información tanto como sea posible.

3. Simposio sobre la Migración en las Américas. La CEPAL/CELADE y la OIM tienen previsto celebrar un simposio importante que durará tres días en Costa Rica sobre la migración en las Américas el próximo mes de septiembre. Como propusimos, uno de los puntos posibles del temario que se debatirán será la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrants de la Cumbre de las Américas. La OEA, la CIDH, el Fondo Demográfico de las Naciones Unidas y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) han respondido muy positivamente con expresiones de apoyo al simposio y, en algunos casos, se han ofrecido como copatrocinadores del mismo. En su carácter de Coordinador Responsable, el Gobierno de los Estados Unidos (Departamento de Estado/PRM) contribuirán con una cuota importante del presupuesto operacional, incluidos los costos relacionados con la participación de las ONG. Desde nuestro punto de vista, el simposio proporcionará una oportunidad excelente para divulgar con mayor amplitud la información sobre las mejores prácticas obtenida en los talleres de abril y junio, así como estimular una mayor información acerca de la Iniciativa sobre los Trabajadores Migrantes a nivel hemisférico.

[SIRG/2000/XVIII/tracker.htm][SIRG/2000/XVIII/tracker.htm]