Firma del acuerdo, Sede del SICA, San
Salvador, El Salvador, 7 de febrero de 2000. De la izquierda a la
derecha: Roberto Flores Berm�dez, Ministro de Relaciones Exteriores
de Honduras; Luigi R. Einaudi, Representante Especial de la OEA; Eduardo
Montealegre Rivas, Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua.
Cortes�a: El
Diario de Hoy, San Salvador
Comunicado
San Salvador, El Salvador, 7 de febrero
de 2000
Los Ministros de Relaciones Exteriores de las
Republicas de Honduras y de Nicaragua, en seguimiento de las reuniones de
Miami y Washington, se reunieron en la ciudad de San Salvador los d�as 6
y 7 de febrero de 2000, en presencia del Representante Especial del
Secretario General de la Organizaci�n de los Estados Americanos y
convinieron en comunicar lo siguiente:
Con el prop�sito de prevenir actos que puedan afectar
la paz regional y las relaciones de buena vecindad y fomentar la
integraci�n centroamericana, los Ministros han acordado establecer el
siguiente r�gimen de medidas de confianza y distensi�n en el Mar Caribe
el cual estar� vigente mientras la Corte Internacional de Justicia
determine el l�mite mar�timo entre Honduras y Nicaragua en el Mar Caribe.
- Honduras y Nicaragua no mantendr�n otros puestos militares o
policiales en el Mar Caribe que los existentes antes del 1 de
septiembre de 1999. Por lo tanto ambas partes se comprometen a
reestablecer, dentro de un plazo de 30 d�as, las posiciones que
prevalec�an antes de la fecha indicada.
- Honduras y Nicaragua se abstendr�n de realizar cualquier acci�n
militar o policial en el Mar Caribe que pueda generar conflictos u
obstaculizar el arreglo de cualquier controversia por medios
pac�ficos.
- Las Partes acuerdan el establecimiento de un mecanismo de patrullaje
combinado entre Honduras y Nicaragua, con la posibilidad de que
inviten una representaci�n de otro Estado miembro u observador de la
Organizaci�n de los Estados Americanos, previo acuerdo entre las
Partes y en cumplimiento en ambos pa�ses de las respectivas
disposiciones legales internas.
- A solicitud de una o ambas Partes, el mecanismo de patrullaje
combinado actuar� en el siguiente �mbito:
- Prevenci�n de incidentes entre embarcaciones de las fuerzas navales
de Honduras y de Nicaragua.
- Verificaci�n de posibles presencias militares que violen este
compromiso.
- Operaciones de interdicci�n en materia de narcotr�fico.
- Control de actos de pirater�a contra pescadores de ambos Estados.
- Operaciones de rescate.
- Los dem�s detalles del funcionamiento del mecanismo de patrullaje
combinado ser�n acordados a niveles t�cnicos en un plazo de 45 d�as
contados a partir de esta fecha, y se pondr�n en ejecuci�n dentro de
los 15 d�as despu�s del acuerdo.
- Los Ministros convinieron que, en caso de duda o discrepancia en
cuanto a la interpretaci�n y aplicaci�n del presente acuerdo, las
Partes la resolver�n amistosamente, con los buenos oficios del
Representante Especial designado para el presente caso por el
Secretario General de la Organizaci�n de los Estados Americanos.
- Las Partes acuerdan que lo estipulado en este documento y su
aplicaci�n en nada prejuzga las posiciones y derechos mantenidas por
cada Estado, ni crear� derechos, ni constituir� un antecedente que
otorgue derechos a ninguna de las Partes.
- Los Cancilleres reafirman la voluntad de sus respectivos pa�ses de
resolver pac�ficamente sus diferencias y de cumplir fielmente la
sentencia que la Corte Internacional de Justicia dicte determinando
los l�mites mar�timos entre Honduras y Nicaragua en el Mar Caribe.
Los Ministros expresaron su convicci�n de que el
contenido del presente comunicado contribuye a la paz y a la distensi�n y
exalta el esp�ritu integracionista de ambos Estados.
Roberto Flores Berm�dez
Ministro de Relaciones Exteriores de la Rep�blica de
Honduras
Eduardo Montealegre Rivas
Ministro de Relaciones Exteriores de la Rep�blica de
Nicaragua
Luigi R. Einaudi
Representante Especial de la Organizaci�n de los
Estados Americanos
7 de febrero de 2000
P�gina de la OEA | P�gina de la Cumbre de las Am�ricas
� 2000 Organizaci�n de los Estados Americanos, Oficina de Seguimiento de
Cumbres.
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