Organización de los Estados Americanos Cumbres de las Américas
     
Seguimiento e implementación: Mandatos
 

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DERECHOS HUMANOS: Personas con Discapacidad
MANDATOS

  1. Alentar el desarrollo de planes o estrategias nacionales sobre transformación e innovación digital, que también promuevan el uso seguro, responsable y lícito de las tecnologías digitales, de conformidad con los estándares internacionales. (Regional Agenda for Digital Transformation, IX Summit of the Americas, Los Angeles, 2022).

  1. Enfatizar la necesidad de incorporar un enfoque inclusivo en los procesos de digitalización, democratización y descentralización, dentro de las estrategias hacia una transición energética sostenible y justa de nuestros países, teniendo en cuenta la igualdad y equidad de género, el empoderamiento de las mujeres y el respeto de los derechos de los pueblos indígenas, las personas afrodescendientes y las personas con discapacidad. (Acelerando la Transición Justa hacia la Energía Limpia, Sostenible y Renovable, IX Cumbre de las Américas, Los Ángeles, 2022).

  1. Reafirmar nuestro apoyo a los objetivos establecidos en la Declaración del Decenio de las Américas por los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad (2006-2016) y su Plan de Acción, promoviendo la equiparación de oportunidades y la no discriminación de las personas con discapacidad a través de su participación en los procesos de desarrollo social, político, económico y cultural de nuestros países, con el fin de asegurar su bienestar y el pleno goce y ejercicio de todos sus derechos humanos y libertades fundamentales. (Pobreza, Desigualdad e Inequidad, Cartagena, 2012).

  1. De conformidad con la Declaración del Decenio de las Américas por los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad (2006-2016), reiteramos nuestro compromiso de proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad y promover su plena participación e inclusión en el desarrollo de nuestras sociedades. Emprenderemos, según corresponda, programas sociales, políticos, económicos, culturales y de desarrollo para que estas personas puedan tener oportunidades sin discriminación y en pie de igualdad con los demás. (Declaración de Puerto España, 2009)

  1. Considerar en la próximo período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, a celebrarse en la República Dominicana, una Declaración del Decenio de las Américas de las Personas con Discapacidad (2006-2016), con un programa de acción. (Plan de Acción de Mar del Plata, 2005)

  1. Reafirmamos nuestro compromiso de proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, incluyendo aquellos en situación de vulnerabilidad o marginalidad, los discapacitados o los que requieren protección especial. Nos comprometemos a erradicar todas las formas de discriminación, incluido el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia en nuestras sociedades, así como a promover la equidad de género y a lograr la plena participación de todos los individuos en la vida política, económica, social y cultural de nuestros países. (Declaración de Québec, 2001).

  1. Considerarán firmar y ratificar, ratificar, o adherirse a, lo antes posible y según sea el caso, todos los instrumentos universales e interamericanos de derechos humanos, y tomarán medidas concretas, al nivel nacional, para promover y fortalecer el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas incluyendo aquellos que corresponden a las mujeres, niños, ancianos, pueblos indígenas, migrantes, repatriados, discapacitados y los que pertenecen a otros grupos vulnerables o discriminados; y tomarán nota de que la utilización del término “pueblos” en este documento no debe interpretarse de manera que tenga implicación alguna en lo que atañe a los derechos que puedan conferirse a dicho término en el derecho internacional, y que los derechos asociados con el término “pueblos indígenas” tienen un significado específico en un contexto propio, que está adecuadamente determinado en las negociaciones multilaterales relacionadas con los textos de las declaraciones que específicamente se refieren a estos derechos; (Plan de Acción de Québec, 2001)

  • 2.6 Revisaran la legislación nacional que afecte a los discapacitados, así como sus beneficios y servicios, y harán los cambios necesarios para facilitar que esos individuos disfruten de los mismos derechos y libertades que los demás miembros de la sociedad. (Plan de Acción de Miami, 1994).

 

 

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