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Seguimiento e implementación: Mandatos
 

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JUSTICIA Y ESTADO DE DERECHO: Aplicación de la Extradición
MANDATOS

  1. Consolidar la Red Hemisférica de Intercambio de Información para la Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal y Extradición, apoyar las acciones para la implementación de un plan estratégico para el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) y fortalecer el desarrollo institucional de la Secretaría General de la OEA en estos temas, de conformidad con el marco de las Reuniones de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas (REMJA). (Plan de Acción de Mar del Plata, 2005).

  1. En el marco de nuestra legislación nacional y normas internacionales aplicables, nos comprometemos a negar acogida a funcionarios corruptos, a quienes los corrompen y a sus bienes, y a cooperar en su extradición, así como en la recuperación y la restitución de los activos producto de la corrupción a sus legítimos propietarios. Asimismo, nos comprometemos a perfeccionar los mecanismos regionales de asistencia jurídica mutua en materia penal y su implementación. (Declaración de Nuevo León, 2004).

  1. Promoverán, de conformidad con la legislación de cada país, la cooperación jurídica y judicial mutua, efectiva y ágil, particularmente en lo que se refiere a las extradiciones, la solicitud de entrega de documentos y otros medios de prueba y el intercambio, a nivel bilateral o multilateral, en estos campos, incluyendo acuerdos relativos a los programas de protección de testigos. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

  • 7.4 Reafirmaran la importancia de los tratados de extradición, ratificados por los Estados del Hemisferio, y hacen notar que dichos tratados serán acatados estrictamente como expresión de la voluntad política de los gobiernos, de conformidad con el derecho internacional y las legislaciones nacionales. (Plan de Acción de Miami, 1994).

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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