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Seguimiento e implementación: Mandatos
 

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TRABAJO Y EMPLEO: Discriminación en el Trabajo
MANDATOS

  1. Redoblar los esfuerzos para asegurar la inclusión y diversidad en todos los aspectos de la gobernabilidad, mediante las siguientes acciones:

    • c. Reducir las barreras sociales, culturales, estructurales, económicas y legales para la participación y oportunidad económica plena y equitativa, incluidos, entre otros, la no discriminación en la contratación y el empleo, el acceso a los mercados financieros y al crédito, a los recursos naturales y productivos y a los servicios de cuidados seguros y confiables;

    • e. Establecer y/o fortalecer mecanismos y ofrecer capacitación permanente y recursos suficientes para la revisión y aplicación de políticas y leyes contra la discriminación en las prácticas de contratación, acceso a la justicia, finanzas, vivienda, al empleo, la protección social, infraestructura y servicios, y otras oportunidades sociales y económicas; (Plan de Acción Interamericano sobre Gobernabilidad Democrática, IX Cumbre de las Américas, Los Ángeles, 2022).

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  1. Combatiremos la discriminación de género en el trabajo promoviendo la igualdad de oportunidades con el fin de eliminar las disparidades existentes entre hombres y mujeres en el mundo del trabajo, a través de un enfoque integrado que incorpore la perspectiva de género en las políticas de empleo, incluyendo la promoción de más oportunidades para que las mujeres sean dueñas de su propia empresa (Declaración de Mar del Plata, 2005).

  1. Nos comprometemos a procurar la igualdad de oportunidades de empleo para todos así como a trabajar para erradicar la discriminación en el trabajo, en el acceso a la educación, en la capacitación y en la remuneración. En este contexto, prestaremos atención especial a las diferentes necesidades basadas en género y a las necesidades de los pueblos indígenas, los afro-descendientes y otros grupos en situación de vulnerabilidad (Declaración de Mar del Plata, 2005).

  1. Elaborarán nuevos mecanismos para aumentar la eficacia de los proyectos y otros tipos de ayuda técnica destinados a aumentar la capacidad de las economías más pequeñas y sus instituciones con el objeto de implementar en forma efectiva las leyes y normas laborales, así como para fomentar la igualdad de oportunidades de género, entre otras, en estrategias de creación de empleo, capacitación, aprendizaje permanente y programas de desarrollo de recursos humanos con el fin de promover el acceso a más y mejores empleos en la nueva economía. (Plan de Acción de Québec, 2001).

  1. Promoverán y protegerán los derechos de todos los trabajadores, en particular los de las mujeres trabajadoras y tomarán acciones para eliminar las barreras estructurales y legales, así como las actitudes estereotipadas respecto a la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo, abordando, entre otras, los prejuicios de género en la contratación; las condiciones de trabajo; la discriminación laboral y el acoso sexual; la discriminación en materia de beneficios sociales; la salud y seguridad ocupacional de las mujeres; la desigualdad de oportunidades de progreso profesional y la igualdad en materia salarial. (Plan de Acción de Québec, 2001).

  1. Promoverán el reconocimiento de la contribución social y económica del trabajo no remunerado de las mujeres que se realiza predominantemente en el hogar, y considerarán proporcionar nuevas redes de seguridad social de acuerdo a su legislación nacional; (Plan de Acción de Québec, 2001).

  1. Darán especial atención a la incorporación de grupos socialmente marginados, incluidas las mujeres, las minorías, la juventud, los discapacitados y otras poblaciones vulnerables, a la fuerza laboral, así como los servicios ofrecidos por los Ministerios del Trabajo que tomen en consideración sus especiales necesidades. Al mismo tiempo, los gobiernos fortalecerán en mayor grado sus esfuerzos generales y la coordinación entre instituciones involucradas para abordar el tema de los niños en el trabajo. Los Ministerios del Trabajo intercambiarán información sobre las mejores prácticas en estas áreas. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

  1. Intercambiarán materiales informativos referentes a su legislación laboral, con el objetivo de contribuir a un mejor conocimiento mutuo de dicha legislación, así como a promover las normas laborales fundamentales reconocidas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) -libertad de asociación; el derecho a organizarse y negociar colectivamente; la prohibición de trabajos forzados; la eliminación de toda forma de explotación infantil; y la no discriminación en el empleo. Esta información incluirá también referencias a los mecanismos y/o facultades legales de los Ministerios del Trabajo para implementar las normas laborales fundamentales, como elemento esencial para el trabajo productivo y positivas relaciones de empleadores-trabajadores. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

 

 

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